La versión definitiva del cuestionario del Censo ya no incluye el número de DNI de los encuestados. Así lo decidió el Indec luego de las críticas de organizaciones dedicadas a la protección de datos personales, que llegaron a presentar un recurso judicial. La noticia fue tomada por las ONGs como una buena señal en favor de la privacidad de las personas y la protección de datos sensibles.
El organismo que conduce Marco Lavagna publicó en las últimas horas el cuestionario definitivo con el que se recopilará la información de todos los argentinos, ya sea a través del nuevo formato e-Censo, disponible a partir del 16 de marzo, o en su manera tradicional, con la visita del censista el 18 de mayo. A diferencia de las versiones de prueba difundidas con anterioridad, este cuestionario definitivo no incluye el número de DNI.
Desde el Indec explicaron que quitaron la solicitud del documento de identidad “por razones metodológicas”. Pero el día anterior, justo antes de conocerse esta novedad, la Fundación Vía Libre y el Observatorio de Derecho Informático Argentino (ODIA) presentaron un habeas data solicitando la suspensión del Censo Nacional o que, en su defecto, «se ordene que el mismo se realice sin la solicitud ni el registro del Documento Nacional de Identidad, tanto en la modalidad digital como en la presencial-física».
Según explicaron desde esas organizaciones, la incorporación del DNI en la ficha censal generaba «graves afectaciones de los derechos a la intimidad, privacidad y autodeterminación en materia de datos personales» y entraba en contradicción con la ley de Protección de los Datos Personales.
“El problema central de incluir el DNI es que el censo recolecta una cantidad de información personal y sensible que entra en colisión con la protección de datos personales. Porque la recolección de cierto tipo de información depende de un consentimiento expreso e informado y no puede ser obligatoria. Y el censo lo es”, explicó a Página/12 Beatriz Busaniche, fundadora de Vía Libre.
Busaniche celebró como “una buena noticia” el hecho de que el Indec haya quitado el DNI del cuestionario, aunque remarcó que ahora esperan una resolución que formalice el acto administrativo.
Según explicó la especialista, el censo busca relevar información poblacional y no personal, por lo que asociar el DNI con las respuestas del censado lo convertía en una gran base de datos -que como toda base de datos- debía regirse por la ley de Protección de los Datos Personales.
Qué dice la ley
El marco normativo prohíbe expresamente la construcción de bases de datos con datos sensibles como la identidad de género o el origen étnico. Además, indicó Busaniche, requiere un consentimiento expreso e informado “por lo que cada persona que entrega sus datos debe firmar algo así como los términos y condiciones” a los que quedan sujetos.
A su vez, es un derecho individual modificar, corregir o borrar los datos personales entregados para cualquier base de datos, porque “los datos personales le pertenecen a la persona”, aclara la activista. Por último, remarcó, nadie puede ser obligado a entregar sus datos, y el censo es obligatorio.
“Cuando un organismo público va a evaluar la implementación de una política tiene que tener en cuenta tres principios: el de necesidad, el de proporcionalidad y el de legalidad. Acá hay una colisión legal con la Ley de Protección de los Datos Personales y a su vez no hay una necesidad clara. Sólo aludieron beneficios administrativos de tener el DNI para poder cruzar los datos con otras mediciones”, dijo Busaniche.
Para la directora de Vía Libre, esto también era un problema ya que el Indec “tiene prohibido por ley entregar esos datos a otros organismos”, lo que representaría una contradicción.
Página/12