Un productor irá a juicio por reducir a la servidumbre a dos trabajadores durante más de 30 años

Un empresario agropecuario de Jujuy será enjuiciado por explotación laboral por más de 30 años, registrados en la provincia.

Así lo dispuso, la jueza de Cámara Mariana Inés Catalano, que rechazó los planteos de la defensa y dio por válida la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal, que lo imputa por trata de personas con fines de explotación laboral bajo la modalidad de reducción a la servidumbre.

En tanto, la querella que es ejercida un defensor público de víctimas, en representación de uno de los trabajadores, acompaña la decisión de la jueza.

Condiciones laborales indignas

Según la investigación, dos trabajadores identificados como J.C.V. y F.A.A. habrían sido obligados a cumplir jornadas de hasta 12 horas diarias durante 31 y 25 años respectivamente, sin descansos, vacaciones ni salarios acordes al mínimo legal.

Además, vivían con sus familias en condiciones de hacinamiento extremo dentro de la finca, sin acceso a agua potable, electricidad ni sanitarios.

También se detalló que las víctimas sufrían distintas sanciones y suspensiones que derivaban en fuertes descuentos en sus sueldos. Esto les impedía cubrir las necesidades básicas para la manutención de sus familias.

Pedido fiscal: pena y compensación económica

La fiscalía estimó una reparación económica superior a casi 100 millones de pesos por sueldos adeudados, horas extras y vacaciones no gozadas. También solicitó una pena de diez años de prisión efectiva y la inhabilitación absoluta del acusado.

La jueza de la Sala II de la Cámara Federal salteña confirmó también el cálculo de reparación económica elaborado por los acusadores. Asciende a $ 34.892.716,32 para F.A.A. y $ 64.388.855,69 para J.C.V.

Esto al tomar en cuenta el salario de convenio por una jornada legal, las horas extras, el sueldo anual complementario y las vacaciones no gozadas, menos lo percibido durante el período de explotación.

Sería por el delito de «trata de personas con fines de explotación laboral, bajo el supuesto de reducción a la servidumbre, agravado por abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas y por haberse consumado su explotación».

Qué dijo la defensa

La defensa del productor intentó frenar el proceso mediante objeciones preliminares. Planteó la nulidad de la acusación por supuesta violación al principio de irretroactividad de la ley penal.

Además, sostuvo la «falta de acción penal» por considerar que el empresario no era “legitimado pasivo”, ya que, según dijo, recién asumió la dirección de la firma en 2014, tras el fallecimiento de su padre.

También alegó contradicciones en la acusación, carencias en la prueba y obstrucción al derecho de defensa.

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