El dictamen del juzgado federal N° 2, a cargo de Mariano Wenceslao Cardozo, salió este martes como respuesta al amparo que presentó el Defensor del Pueblo de Jujuy, Ricardo Pierazzoli, y establece que no es válido el aumento dispuesto por el Ministerio de Energía de la Nación con acuerdo de los gobernadores de las provincias.
El fallo judicial obliga a la empresa a devolver en los próximos meses los montos que hayan pagado los usuarios que abonaron la factura con aumento.
En el caso de los que no pagaron, Gasnor tiene que recalcular el consumo de acuerdo a la tarifa anterior y emitir una nueva factura. En tanto, tiene prohibido cortar el servicio por falta de pago.
La medida judicial alcanza a los usuarios de toda la provincia, sin distinción de categoría: si es un usuario familiar, comercial o una pyme.