«Por inexistencia de delito». Ese es el argumento con el que fue sobreseída Cristina Fernández de Kirchner al igual que el resto de los acusados en la causa por la firma del memorándum con Irán por el atentado a la AMIA.
En un fallo unánime, los jueces del Tribunal Oral Federal 8, María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini, sobreseyeron a la expresidenta y actual vicepresidenta de la Nación y titular del Senado; al procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini; al senador Oscar Parrilli; al viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y al ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense, Andrés Larroque, entre otros.
En un escrito de 387 carillas, los magistrados hicieron extensiva la resolución al fallecido excanciller Héctor Timerman al concluir que «los hechos por los que fueran requeridos no constituyen delito» y dejaron sentado que «el presente proceso no afecta el buen nombre y honor» de quienes estuvieron imputados.
«El Memorándum de entendimiento con Irán más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito (…) No hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”, firmaron los jueces.
De esta manera, dieron la razón a las defensas con argumentos que van en la misma línea que había utilizado el juez federal Daniel Rafecas cuando decidió archivar el caso el 26 de febrero de 2015, poco después de la primera denuncia, que fue reabierta al año siguiente por la Cámara de Casación Penal.
También señalaron que está fuera de duda que las visitas de los jueces de Casación Gustavo Borinsky y Gustavo Hornos «afectaron la imparcialidad e independencia del juez natural», aunque no fue el argumento decisivo para dictar el cierre del expediente.
«Desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición”, dice la resolución.
El Tribunal cerró así por inexistencia de delito la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman por la firma del memorándum, una decisión que podría ser revisada en la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal si es apelada por la fiscalía o las querellas de DAIA y familiares de víctimas del atentado.
El listado de sobreseídos incluyó también al actual embajador en Rusia Eduardo Zuain, a la exfuncionaria Angelina Abbona, a los dirigentes sociales Luis D’Elía y Fernando Esteche, a Jorge Khalil y al exagente Héctor Bogado.