El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ordenó la liberación inmediata de Paola Verónica Ortiz tras pasar casi 14 años en prisión. El máximo tribunal provincial revisó la sentencia de prisión perpetua impuesta en 2015 por la muerte de su hija recién nacida tras un evento obstétrico y redujo la pena a 13 años, 9 meses y 26 días, en coincidencia con el tiempo que ya llevaba detenida.
El hecho por el que fue juzgada Paola Ortiz ocurrió el 31 de octubre de 2012 en Villa Nueva, departamento de General San Martín, cuando ella tenía 29 años. Era madre de tres hijos, no había completado la educación primaria, carecía de empleo formal y residía en una habitación prestada.
La causa llegó a juicio bajo la figura de abandono de persona seguido de muerte, pero en 2015 la calificación legal se modificó a homicidio calificado por el vínculo, imponiéndose la pena máxima. La sentencia original determinó que la beba nació con vida y sostuvo que Ortiz no cortó el cordón umbilical ni solicitó asistencia médica.
En la reciente revisión, si bien el tribunal ratificó la responsabilidad penal al rechazar un nuevo informe médico por considerarlo una reevaluación de pericias previas, resolvió aplicar «circunstancias extraordinarias de atenuación». Los magistrados Sebastián Cruz López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres de Bollati coincidieron de forma unánime en que la condena de 2015 omitió evaluar el contexto de vulnerabilidad de la mujer, caracterizado por pobreza, precariedad habitacional, aislamiento social y situaciones de violencia.
En el fallo, el tribunal criticó el uso de estereotipos en la sentencia original, señalando que se juzgó a Ortiz a partir de un modelo idealizado de «buena madre». Según la revisión judicial, exigirle conductas específicas para gestionar un parto domiciliario sin compañía –como el manejo del cordón umbilical– implicó ignorar sus condiciones materiales, emocionales y de salud mental al momento del parto.
Una gran red de apoyo
El reclamo por la revisión de la condena fue sostenido colectivamente por la Mesa por la Libertad de Paola Ortiz, integrada por Católicas por el Derecho a Decidir y El Telar, junto con el aporte de diez instituciones presentadas como amicus curiae, entre ellas el CELS, ELA, Fundeps, Inecip, Clacai y la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba.
A fines de 2022, las abogadas Julia Luna y Rocío García Garro, integrantes de la Guardia Feminista de Abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir, asumieron la defensa técnica y formalizaron el recurso de revisión el 22 de abril de 2024. La solicitud se basó en la necesidad de incorporar estándares actuales de perspectiva de género sentados por el propio tribunal en jurisprudencia posterior.
Organizaciones de derechos humanos y colectivos feministas, como el Observatorio Ahora que sí nos ven, celebraron la resolución y remarcaron la importancia de aplicar una perspectiva de género en el ámbito judicial ante emergencias y eventos obstétricos.
La historia de Ortiz también formó parte del podcast Presas por parir, una serie documental sonora que aborda casos de mujeres judicializadas tras sufrir abortos espontáneos o partos involuntarios.
En la web del proyecto, la abogada Luciana Sánchez afirma: «Los estereotipos presumen que todos los embarazos deben ser felices, que las mujeres embarazadas tienen un instinto por el cual no solo saben que están embarazadas sino que saben naturalmente atender su propio parto, una emergencia obstétrica durante el embarazo, durante el parto o después de él. Entonces, la primera reacción sanitaria del sistema de justicia ante el deceso fetal es culpar a la gestante».
Comunicado del Observatorio Ahora que sí nos ven
El día de ayer el Tribunal Supremo de Justicia de Córdoba ordenó la liberación inmediata de Paola Ortiz, una mujer cordobesa presa desde 2012 y condenada en 2015 a prisión perpetua por homicidio calificado por el vínculo tras sufrir un parto en avalancha sin asistencia médica en el que su bebé nació muerto.
Paola pasó 13 años presa injustamente, condenada por una justicia machista, misógina y revictimizante. Desde 2022, las abogadas Julia Luna y Rocío García Garro, siendo parte de la Guardia de Abogadas Feministas de Católicas por el Derecho a Decidir, tomaron su defensa legal. Fue en 2024 cuando presentaron un recurso de revisión de su condena, que finalmente le otorgó su libertad.
En ese sentido, el TSJ reconoció que la condena original careció de perspectiva de género. Afirmaron que no se tomó en cuenta la situación de precariedad en la que se encontraba ni la violencia física, sexual y económica que sufría Paola. Por eso, redujo la pena al tiempo ya cumplido en detención: trece años, nueve meses y veintiséis días.
Nos llena de alegría esta noticia, la cual es fruto de la lucha feminista que no retrocede pese a los obstáculos, y de la fortaleza de Paola, que durante estos años continuó luchando por su libertad.
Las redes feministas son fundamentales para visibilizar y combatir las violencias que día a día sufrimos las mujeres cuando se trata de nuestros derechos reproductivos y sexuales. Paola no es el único caso, ya conocimos la historia de Belén, también presa injustamente tras haber sufrido un aborto espontáneo.
Lo seguimos gritando: ninguna emergencia obstétrica es delito. Queremos una justicia con perspectiva de género que no violente ni revictimice a las mujeres, que en situaciones de vulnerabilidad extrema, sufren este tipo de eventos obstétricos.
¡Celebramos la libertad de Paola! ¡Ni una presa más! ¡Basta de violencia obstétrica e institucional! ¡Libres nos queremos!
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