El juez Juan Pablo Calderón, a cargo de la quiebra del Ingenio La Esperanza, dio por «rescindida de pleno derecho» la adjudicación de la planta a los colombianos de Omega Energy Group y su empresa Agroindustrias La Esperanza SA (Alesa), que había sido conformada especialmente para la operación. En su resolución, Calderón detalla las irregularidades e incumplimientos en los que incurrió la firma adjudicataria, como por ejemplo la no presentación del certificado original de inscripción de Alesa y la no entrega de la póliza de caución para sostener la oferta. Se destacan además cuestiones relacionadas con la antigüedad de los trabajadores.
«De tal forma y ateniéndonos a la letra de la resolución de adjudicación, y siendo que los requisitos y/o cláusulas dispuestas (original de inscripción y póliza de caución), no han sido motivo de agravios en el presente recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio, debe darse por rescindida de pleno derecho, la adjudicación condicionada a favor de Omega/Alesa», escribió el juez en la resolución que firmó este lunes.
Omega Energy Group y Agroindustrias La Esperanza SA (Alesa) había presentado un recurso de revocatoria contra la resolución del 4 de abril que le adjudicaba el ingenio dejando afuera a la otra oferente, Productora del Noroeste SA. Los colombianos rechazaban las condiciones que se habían incorporado a la adjudicación porque consideraba que no habían sido propuestas y que no eran aceptables.
Al detallar los puntos sobre los que fundamenta la rescisión de la operación, el juez explica que a pesar de haber sido intimada y haberse vencido el plazo, la empresa solo entregó una copia certificada por escribano de la inscripción en la Inspección General de Justicia (IGJ), cuando se le había pedido el original. Tampoco presentó la Póliza de Caución para garantizar hasta el 5 por ciento del valor de la oferta, unos 85 millones de dólares. En la resolución del 4 de abril, Calderón le daba a la empresa veinte días para resolver estas dos irregularidades. No presentó nada.
Otro tema en cuestión es el del respeto de la antigüedad de los trabajadores. En un principio, Omega/Alesa había aceptado esa condición, pero después cambió de opinión.
Para el juez, “el haber manifestado la recurrente, que las condiciones incorporadas por el suscripto en la resolución de adjudicación, no son aceptables, debe interpretarse, decididamente como un rechazo a la adjudicación dictada por este juzgado”.
Además de dar por «rescindida de pleno derecho la adjudicación condicionada a favor de Omega/Alesa», el juez Calderón deja implícita la posibilidad de que se revea la oferta de Productora del Noroeste SA.