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Avanza la reforma laboral: Crearon el registro de trabajadores independientes y colaboradores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (Padic), el cual permite la inscripción de emprendimientos que adopten el nuevo régimen especial unificado establecido por la ley de Bases.

En la Resolución General 5.599/2024 se explica que este esquema de vinculación laboral se sustenta en una relación autónoma, sin dependencia entre las partes ni con los contratantes de servicios u obras, permitiendo «hasta tres colaboradores por emprendimiento».

El Padic proporcionará información detallada sobre los emprendimientos y sus miembros, además de establecer un mecanismo para la declaración jurada que confirme el carácter independiente de la relación laboral.

La Resolución establece que los colaboradores independientes podrán realizar actividades de forma simultánea y mantener contratos de trabajo o prestación de servicios con diferentes contratantes al mismo tiempo, según lo publicado en el Boletín Oficial.

El texto indica que con esta medida, el organismo dirigido por Florencia Misrahi se enmarca en «el proceso de modernización laboral previsto en la norma aprobada por el Congreso y reglamentada mediante el decreto 847/2024».

Cómo anotarse

La inscripción deberá completarse antes de iniciar la actividad de los colaboradores en el sitio web de ARCA, usando la opción «Agregar emprendimientos», donde se deberán detallar el nombre comercial del emprendimiento, fecha de inicio y finalización, domicilio, actividad y CUIT de los colaboradores.

Tras ingresar los datos, tanto el trabajador independiente como sus colaboradores recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico, y contarán con 72 horas para confirmar o rechazar su inclusión en el emprendimiento.

Ambos deben estar inscriptos en el régimen general de impuestos y en el sistema de seguridad social como trabajadores autónomos o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Algunas claves del nuevo sistema

La ART

El esquema todavía no contempla la contratación de una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) para el caso de que un trabajador tiene un accidente mientras presta su servicio. Según publica el diario Ámbito, podría reglamentarse en el corto plazo un esquema similar al de los empleados domésticos.

Al igual que otros esquemas existentes actualmente de “prestación de servicios” de independientes a empresas constituidas, la relación no puede incluir la exigencia de cumplimientos de horarios o de subordinación en una situación permanente. Es decir, se supone que el nuevo esquema no debe encubrir una relación de dependencia, lo cual puede habilitar a los contratados a iniciar juicios contra el empleador.

Cantidad de colaboradores

La Ley 27742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos fija que el límite de colaboradores independientes es de 3 (tres). La Resolución General establece que cada trabajador independiente puede tener hasta tres colaboradores en un mismo proyecto o en varios simultáneamente.

Los colaboradores pueden desempeñarse en varias actividades de forma simultánea, manteniendo su independencia y libertad para aceptar o rechazar nuevos contratos, sin vínculo laboral con el titular del emprendimiento.

La inscripción

El trabajador independiente, antes de que los colaboradores comiencen a prestar servicios, debe agregar su emprendimiento en el Padic informando, en carácter de declaración jurada:

  • Nombre de fantasía del emprendimiento.
  • Fecha de inicio y fin (si aplica) del emprendimiento.
  • Domicilio de desarrollo de la actividad, de corresponder.
  • Actividad desarrollada.
  • CUIT de los colaboradores independientes.

Una vez efectuado el ingreso de los datos, los trabajadores independientes y sus colaboradores recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, informando la identificación asignada al emprendimiento productivo, denominada “CÓDIGO PADIC”.

La información brindada tiene como objetivo garantizar la veracidad de los datos aportados y formalizar la relación autónoma en los términos establecidos, permitiendo a ARCA tener registro actualizado de los emprendimientos.

Una vez recibida la notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico, los colaboradores independientes deberán confirmar su participación en el Padic dentro de un plazo de 72 horas. El colaborador deberá acceder al sistema con su clave fiscal y confirmar o rechazar la participación.

Si el colaborador no completa esta acción en el plazo estipulado, ARCA procederá a darle de baja del registro. Esta medida asegura que tanto los trabajadores independientes como sus colaboradores estén informados y acepten su inclusión en el proyecto productivo.

La rescisión del vínculo

Ambas partes, el trabajador independiente y los colaboradores, pueden rescindir la relación en cualquier momento. Para ello, deben ingresar al sistema Padic y registrar la baja de la colaboración en la opción correspondiente.

Esta posibilidad garantiza que la relación sea autónoma y flexible, acorde con el modelo propuesto para proyectos colaborativos sin vínculos de dependencia.

Los requisitos

Para la inscripción en el Padic, los trabajadores independientes y sus colaboradores deben contar con CUIT “activo sin limitaciones” y estar inscriptos en el régimen general de impuestos o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Este requisito es indispensable para la inscripción en el sistema y asegura el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.

Entrada en vigencia

La Resolución General 5599/2024 entra en vigencia el 8 de noviembre de 2024 y es aplicable para las relaciones autónomas que comenzaron a regir a partir del 26 de septiembre de 2024, fecha en la que el Decreto 847/24 estableció el marco para la modalidad de colaboración entre independientes.

Si bien la norma no establece un plazo especial para registrar las relaciones ocurridas entre el 26 de septiembre de 2024 y el 7 de noviembre de 2024, se recomienda efectuarlas a la brevedad para que las mismas queden regularizadas y cumpliendo las exigencias de la reglamentación.

Es importante recordar que no es posible registrar como colaboradores independientes a aquellas personas que mantienen una relación laboral con características de relación de dependencia.

Ámbito

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