El abogado de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, Carlos Beraldi, definió hoy como “arbitrario” el fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que condenó a la exmandataria a 6 años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos y cuestionó que estuviera basada en supuesta “prueba indiciaria” y no en certezas, tras lo cual afirmó que lo que correspondía era la absolución.
“Es una sentencia arbitraria. Si no existe certeza hay que absolver”, afirmó el abogado esta noche durante una entrevista en el canal de noticias C5N en la que se refirió a los argumentos de la condena dictada en diciembre pasado, que fueron difundidos hoy a través de un documento de más de 1600 carillas.
En la página 161 de esa sentencia, los jueces escribieron: “La comisión de delitos en ámbitos organizados realmente dificulta la obtención de prueba directa en torno al hecho criminal. De allí que la prueba indiciaria resulte de especial relevancia en el ejercicio de valoración bajo el sistema de la sana crítica racional, al tiempo que la acreditación de aspectos secundarios o contextuales del hecho criminal se tornan indispensables para la determinación del suceso histórico”.
El letrado también enfatizó en el hecho de que los jueces del TOF 2 descartaron “el corazón de la acusación”, al no hacer lugar al planteo del fiscal Diego Luciani de calificar el hecho como una asociación ilícita, y concluyó: “Después de descartar la base de la acusación, correspondía absolver”.
“Para que se pueda probar una defraudación hay que probar un perjuicio. El problema que tuvieron en esta causa es que cuando se hizo el informe número uno, que ordenó (el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad, Javier) Iguacel, se llegó a la conclusión de que todo lo que le habían pagado a Báez se correspondía con lo que Báez había hecho”, sostuvo Beraldi.
Más temprano, fuentes del equipo jurídico de la vicepresidenta detallaron a Télam otros aspectos puntuales del fallo que serán cuestionados en la apelación que presentará la defensa ante la Cámara de Casación.
Explicaron que la defensa de la vicepresidenta concentrará sus críticas, entre otros puntos, en los fundamentos que sostienen que Cristina Kirchner dictó el decreto 54/2009 (que modificó un fideicomiso del año 2001 e incorporó como beneficiaria a la Dirección Nacional de Vialidad) para favorecer a las empresas de Lázaro Báez.
«No es un decreto que asignaba una partida presupuestaria a una obra en particular. Decía que esos fondos podían utilizarse en obas públicas viales, no solo de Lázaro Báez sino de cualquiera que las realizara», afirmaron las fuentes consultadas por esta agencia.
También será cuestionada la utilización de los mensajes de WhatsApp extraídos del teléfono celular del exsecretario de Obras Públicas, José López, que fueron considerados como material de prueba por el tribunal, con la intención de establecer una supuesta vinculación de la expresidenta con los movimientos de las empresas de Báez en los meses previos al recambio de gobierno de diciembre de 2015.
Para los jueces del TOF 2, los diálogos entre López y un secretario presidencial de aquel momento, sumados a otros en los que López hablaba con directivos de las empresas de Báez, son prueba de que la vicepresidenta estaba al tanto de las supuestas maniobras, aunque no hubiera ningún mensaje emitido por ella misma.
«¿Quién más que la entonces presidenta, a través de su asistente personal, podría ordenarle a un secretario de Estado que se hiciese presente en la quinta de Olivos o en Casa de Gobierno a una hora determinada?», se preguntaron los jueces.
A partir de la difusión de los argumentos del fallo condenatorio, los abogados de las partes tendrán 10 días hábiles para presentar sus apelaciones aunque se descuenta que ese plazo se extenderá de oficio o a pedido de las defensas de los acusados, porque se trata de un fallo muy extenso y una causa de las denominadas «complejas».