Como refugiado, Evo Morales puede realizar actividades políticas en Argentina

La reunión que organizó Evo Morales en Buenos Aires con dirigentes del MAS despertó una forzada polémica respecto de su estatus de refugiado. El propio presidente de Estados Unidos, Donald Trump, le hizo saber al gobierno argentino a través de su embajada sobre la «preocupación» que le despierta la actividad política del mandatario depuesto de Bolivia.

El canciller Felipe Solá, junto al secretario de Asuntos Estratégicos de la Presidencia, Gustavo Béliz, recibieron en Casa Rosada a un grupo de funcionarios de la embajada de Estados Unidos, que pidieron que Evo «no abuse» de su estatus de refugiado.

Según consigna el diario Perfil, desde el Gobierno afirman que la condición de refugiado político, según detalla la ley 26.165 de protección al Refugiado sancionada en 2006, habilita a Evo Morales «a hacer comentarios políticos, o actos», por lo que no se explican el porqué del reclamo de Estados Unidos.

¿Qué diferencia hay? 

El expresidente boliviano entró al país como asilado y luego pidió ser refugiado, una condición diferente que debe ser aprobada por el Ministerio del Interior.

La figura de asilo no está regulada por una ley propia. En cambio el refugio está especificado dentro la Ley General 26.165 de reconocimiento y protección al refugiado sancionada en 2006.

El asilo es un instrumento de carácter generalmente político, que es otorgado por un Estado a un individuo. Puede ser asilo diplomático, brindando la nación asilante albergue en la embajada que tiene en el país del asilado, o territorial, cuando el asilado es acogido por el Estado asilante en su territorio.

El concepto de refugio tiene un carácter humanitario. A diferencia de lo que ocurría años atrás, en la actualidad no está limitado a las situaciones de personas que son perseguidas, y suele otorgarse a grupos que deben huir en masa de sus países por guerras o desastres naturales.

En Argentina, la Ley General 26.165 separa estas dos modalidades de protección internacional y establece que el refugio debe solicitarse en el territorio nacional, aunque también entiende al asilo como la petición que da lugar al refugio. Mientras la norma especifica las condiciones para ser beneficiario de la protección de refugiado, deja al asilo abierto a otras posibilidades.

La normativa argentina establece los derechos del refugiado (no devolución, libre circulación en el territorio, reunificación familiar) y sus obligaciones (respeto de la Constitución y organismos, decir la verdad). La ley 26.165 no determina nada respecto de las actividades y declaraciones políticas de las personas refugiadas.

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