El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó este jueves a un hombre, identificado por sus siglas D.A.C., a la pena de 8 años y 6 meses de prisión efectiva, por encontrarlo penalmente responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante por ser cometido contra un menor de edad, aprovechando la situación de convivencia”. Fue durante cinco años
Además, ordenó, que firme y consentida la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
De acuerdo con la requisitoria de elevación a juicio de la causa, sin poder precisar fechas exactas entre los mencionados años, en un inmueble de la referida ciudad, el cuál compartía el acusado con el hijo de su pareja, fue que procedió a tocar al menor en diversas zonas intimas de su cuerpo.
Asimismo, el imputado obligó a su hijastro a que le realice prácticas sexuales.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar –presidenta de tramite- y Ana Carolina Pérez Rojas, y el juez Mario Ramón Puig.
En los alegatos del juicio oral, el representante del Ministerio Público de la Acusación, Darío Osinaga, solicitó para el acusado la pena de 10 años de prisión.
Por su parte, la defensa técnica del imputado, ejercida por el Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa Penal, Pablo Lozano, pidió para su defendido 3 años de prisión.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; fecha a partir del cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.