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Educación está regularizando los pagos a los docentes reemplazantes y provisionales

El Ministerio de Educación comunicó que este sábado pasado se procedió al pago de haberes de docentes provisionales y reemplazantes, cuyos expedientes cumplieron con las disposiciones de la Circular N° 4, instrumento que establece el procedimiento administrativo para dar el alta de cargo.

Asimismo, informó que se ha intimado a distintas áreas que intervienen en este proceso la presentación de la documentación pertinente para dar pronto despacho a los expedientes que están pendientes de resolución, y que en la medida en que se complete la documentación requerida, se irán regularizando los pagos.

Recordó que la citada Circular N° 4 establece un circuito para el alta de cargo de los docentes reemplazantes y provisionales, que comienza en las instituciones educativas con la presentación por parte de los agentes de toma de posesión, planilla de novedades laborales, declaración jurada, fotocopia de DNI, CUIL y certificación de residencia, constancia de asignación de cargos provisionales y/o reemplazantes  documentación que debe pasar a control de la dirección de cada escuela; de la  supervisión zonal y general y luego elevarse a direcciones de nivel para la conformación de expediente, tras lo cual se gira a la sección Personal del Área de Recursos Humanos para dar alta al cargo y al área de Liquidaciones, para posteriormente remitirse a las direcciones de nivel a fin de confeccionar el acto resolutivo de designación con CUPOF.

Por otro lado, se hizo saber que la Dirección de Educación Primaria inició acciones a los efectos de atribuir y o deslindar responsabilidades por omisión, negligencia o incumplimiento a la normativa que pudieran haber provocado demoras en la tramitación del pago de haberes a los docentes reemplazantes y provisionales, y aplicará las medidas disciplinarias que pudieran caber conforme el Estatuto Docente.

El Área de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, por su lado, instó a supervisores a redoblar esfuerzos en el asesoramiento a los directivos, en el control de la documentación para evitar rechazos por falta o errores de información y a agilizar el procedimiento de la presentación de la documentación ante las direcciones de nivel.

A los directores de escuelas les solicitó dar cumplimiento a la Circular N° 7 que dispone que producida alguna novedad – alta, baja, jubilación o fallecimiento- la misma debe informarse a los organismos competentes en un plazo de 48 horas. Las demoras en este aspecto –agregó- originan inconvenientes en el proceso de otorgamiento de los cargos por carecerse en tiempo y en forma de la documentación necesaria.

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