El Certificado Único Habilitante para circular ya está vigente

El Certificado Único Habilitante a nivel nacional está vigente y se puede descargar de la página web www.argentina.gob.ar. A su vez, el Ministro de Seguridad, Ekel Meyer, anunció que en la provincia aún se puede circular con la Declaración Jurada, descargada desde www.seguridad.jujuy.gob.ar.

Las actividades exceptuadas para circular, y para la cual las personas que las realizan deben contar con alguno de estos certificados, siempre acompañado por el documento que acredite la identidad, son:

  • Supermercados mayoristas y minoristas, farmacias, ferreterías, veterinarias. provisión de garrafas.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Servicios de lavandería.
  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  • Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
  • Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
  • Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
  • Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
  • Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
  • Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria.
  • Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
  • Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
  • Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
  • Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
  • Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
  • Inscripción, identificación y documentación de personas.

En cuanto al Personal de Salud; Fuerzas de seguridad; Fuerzas Armadas; actividad migratoria; servicio meteorológico nacional; bomberos; control de tráfico aéreo; trabajadores que realicen mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) atención de emergencias; personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; autoridades superiores de los gobiernos y trabajadores y trabajadoras del sector público, convocados para garantizar actividades esenciales; la Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos. En todos estos casos las autoridades competentes serán las encargadas de certificar la condición de las personas que realizan las actividades mencionadas.

Por otro lado, quienes deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes, tienen a disposición formularios exclusivos descargables de www.argentina.gob.ar al igual que las personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitaritos y merenderos:

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/6056_-_ddjj_para_resp_de_adultos_mayores.pdf

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ddjj_padres_e_hijos_0.pdf

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/if-2020-23451030-apn-cgmmds.pdf

Finalmente las vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior; recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; servicios postales y de distribución y producción y distribución de biocombustibles, cuentan cada uno de ellos con una declaración jurada exclusiva a la que se puede acceder en  www.argentina.gob.ar

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