En el marco de la situación epidemiológica por Covid-19 en la que el Poder Judicial de la Provincia lleva adelante su actividad, se recuerda la plena vigencia de las medidas sanitarias y de protección de la población de usuarios y trabajadores dispuestas por el Superior Tribunal de Justicia mediante Acordada Nº 124 de fecha 29 de octubre de 2020.
Tales medidas son de cumplimiento obligatorio, y entre ellas cabe destacar la obligación de inmediata comunicación por parte de jueces, juezas, funcionarios, funcionarias, empleados y empleados al Departamento de Personal y al Departamento Médico del Poder Judicial de todos aquellos casos de personas con síntomas compatibles con Covid-19, como así también de aquellas personas que hubiesen tenido contacto estrecho con casos sospechosos.
Quienes se encuentren comprendidos en alguna de las situaciones descriptas no deberán presentarse a su lugar de trabajo, debiendo comunicar tal circunstancia inmediatamente a los Departamentos mencionados.
Se recuerda que la no observancia de las disposiciones mencionadas habilitará la aplicación de las medidas correctivas dispuestas en la normativa vigente.
Por otra parte, con la finalidad de mantener las condiciones sanitarias indispensables para el desarrollo de la actividad judicial, diariamente se realizan tareas de limpieza de oficinas, despachos, sanitarios y lugares de circulación común, tales como pasillos, escaleras y ascensores.
A todo ello, se suma la sanitización, con amonio cuaternario, de los edificios judiciales, labor que se desarrolla los días viernes por la tarde y durante los fines de semana, a cargo de personal especializado y bajo supervisión de la Intendencia del Poder Judicial.
Asimismo, de las medidas dispuestas por la Acordada Nº 124/2020, especial énfasis se debe hacer en el cumplimiento de aquellas que tiendan a disminuir la afluencia de público a las oficinas judiciales, como evitar reuniones o condiciones de trabajo en los que no se guarde la distancia social y física conveniente.
Se recuerda la importancia de mantener el uso de máscaras protectoras y el aseo permanente de manos, lugares y elementos de trabajo.
Los jueces, las juezas, funcionarios, funcionarias, empleados y empleadas, sin perjuicio de la limpieza general de las instalaciones, deberán proveerse de un equipo individual de higiene y bioseguridad, el que deberá permanecer en el lugar de trabajo, a los fines de extremar las medidas de salubridad.
Ingreso a los edificios judiciales
Es de relevancia mencionar que continúan los controles de temperatura corporal a los usuarios y trabajadores judiciales en los accesos de los edificios, tarea que se encuentra a cargo del personal policial perteneciente al Cuerpo de Seguridad del Poder Judicial.
En ese sentido se recuerda la obligatoriedad del uso correcto de barbijo, advirtiendo que dicho requisito es indispensable para el acceso y permanencia en cualquiera de los inmuebles judiciales,
Además, las personas que ingresen para la realización de trámites deben permanecer a la distancia de un metro cincuenta centímetros de la barandilla o escritorio de atención; y en los casos de espera, los usuarios deberán mantener siempre una distancia mínima de un metro cincuenta centímetros con relación a otras personas o empleados.
La Acordada Nº 124/2020 puede ser consultada en la página del Poder Judicial en Internet www.justiciajujuy.gov.ar link Acordadas.