De cara a los comicios provinciales y constituyentes que se celebran este domingo en Jujuy, entró en vigencia la veda electoral prevista en el Código Electoral. Para las fuerzas políticas, está prohibido hacer actos de campaña. Para el gobierno, realizar anuncios.
Las restricciones rigen desde las 8 de este viernes y se extenderán hasta tres horas después de cerradas las mesas, es decir, el domingo a las 21 horas.
Lo que no se puede hacer:
- Actos de campaña electoral
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales
- Vender bebidas alcohólicas
- Realizar espectáculos populares, tanto al aire libre como en recintos cerrados, y toda clase de reuniones públicas
- Portar armas
- La prohibición de portar banderas, distintivos o insignias partidarias rige hasta el cierre de la votación
Las sanciones
Las personas que incumplan la veda podrán ser denunciadas y sancionadas en la Justicia, si se comprueba la violación efectiva del Código Electoral, que establece que “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas”.
Esa norma reprime a su vez, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
En tanto, la pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” es de 2 meses a 2 años de cárcel. Además, quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio” se lo castigará con hasta 3 años.