Tras la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que dispuso el levantamiento de las medidas provisionales que protegían la vida y la salud de Milagro Sala desde 2017, la abogada Elizabeth Gómez Alcorta, que integra el equipo de defensa de la dirigente social, dio detalles de las implicancias de esa decisión y las advertencias que el organismo planteó al Estado argentino.
En su decisión, el tribunal internacional le pone límites al Estado nacional y le exige de manera expresa que garantice el sostenimiento de las actuales condiciones de detención domiciliaria y todos sus tratamientos médicos.
En diálogo con El Submarino Radio (FM Conectar 91.5), Gómez Alcorta analizó el alcance del fallo, el estado crítico en el que se encuentra la referenta de la Tupac Amaru tras más de una década de detención y las «infinitas irregularidades» de los procesos judiciales locales que hoy se discuten en Washington.
Las medidas provisionales dictadas por la Corte IDH a favor de Milagro Sala en 2017 marcaron un hito casi inédito en la jurisprudencia del sistema interamericano. «El sistema interamericano solo interviene cuando un caso está terminado, y es absolutamente excepcional. Creo que hay dos casos nada más en toda la jurisprudencia del sistema que resuelven frente a una persona que está detenida, en pleno proceso, sin que haya condena firme, ni siquiera condena, para protegerla», precisó Gómez Alcorta.
Aquel dictamen de urgencia surgió como respuesta al «enorme hostigamiento y la enorme aflicción a su salud psicofísica» que sufría Sala tras su detención en enero de 2016.
Que estas medidas extraordinarias se hayan sostenido durante casi nueve años es, según la abogada, otro hecho excepcional atribuible al trabajo articulado del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y la Asociación de Abogados y Abogadas de Derechos Humanos del NOA (Andhes).
Ni alta médica ni abandono
Gómez Alcorta fue tajante al desmitificar la lectura que algunos sectores pretenden darle a la resolución de la Corte IDH. El tribunal no retira la tutela porque considere que la salud de Sala está restablecida, explicó, sino que lo hace precisamente porque el Estado argentino ha venido cumpliendo con garantizzar los tratamientos, el traslado y la atención en el Hospital Italiano de La Plata.
La abogada citó textualmente un tramo de la resolución: «El riesgo identificado en el 2017 no constituye un episodio aislado ni superado, sino una situación actual, clínica, concreta y dinámicamente inestable que puede comprometer de manera directa la vida y la integridad personal de la beneficiaria».
«Punto uno, la Corte no dice que la situación de Milagro en su salud está bien o mejor, dice que incluso puede correr riesgo –resumió la letrada–. Punto dos, dice que como el Estado ha cumplido, la medida tiene que dejar de correr».
Gómez Alcorta remarcó que, pese a la decisión, el tribunal internacional dejó una puerta abierta: de existir cualquier variación o incumplimiento en el cuidado de la dirigenta, se habilitará la solicitud de una nueva medida provisional de forma inmediata.
Un freno a los intentos de traslado
Ante el temor de que sectores políticos u operadores judiciales locales interpreten este levantamiento como una carta blanca para exigir el regreso de Sala a una unidad penitenciaria de Jujuy o forzar nuevas comparecencias presenciales, la defensa, junto a la abogada Alejandra Cejas, notificó de inmediato al juez de ejecución.
La propia resolución de la Corte IDH es preventiva en este aspecto. Exige expresamente al Estado argentino:
- Garantizar la continuidad de los tratamientos médicos, psiquiátricos y psicológicos especializados que recibe actualmente.
- Preservar las condiciones de ejecución de la pena de manera que sigan siendo plenamente compatibles con su delicado estado de salud.
- Dar cumplimiento efectivo a todas las decisiones internas sobre el acceso a tratamientos y la supervisión de estas condiciones.
La responsabilidad internacional del Estado nacional
La abogada aclaró que la resolución de la Corte IDH interpela de forma directa al Estado argentino y no a la provincia de Jujuy en particular.
«Ante la comunidad internacional, quien debe cumplir con los pactos internacionales es el Estado nacional», aclaró Gómez Alcorta, ejemplificando con condenas previas sufridas por el país por abusos en servicios penitenciarios provinciales o fallos judiciales locales.
Y sentenció: «El que responde hacia afuera es el Estado argentino».
«Nunca la vi así»
Al cumplirse diez años del encarcelamiento de Milagro Sala en enero pasado, la defensa reconoce que la prioridad absoluta es la salud y no las discusiones técnicas sobre una posible libertad condicional, un derecho al que ya podría acceder al haber cumplido los dos tercios de la condena.
«El estado en el que está Milagro hoy es muy crítico. Discutir una libertad condicional de una persona que no puede salir de la cama por un cuadro severo de vértigo y que está bajo constante tratamiento psiquiátrico es confundir las prioridades», señaló la abogada, visiblemente afectada tras una de sus últimas comunicaciones con la dirigenta.
«La escuché muy mal. Nos conocemos desde hace mucho y la hemos visto mal a Milagro a lo largo de estos diez años en distintas situaciones. Pero yo nunca la vi así. No recibe visitas, no tiene celular, tuve que hablar por intermedio de otra persona. No está en condiciones», describió.
Mientras la defensa aguarda la resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre las «infinitas irregularidades» que rodearon a las dos únicas condenas firmes de Sala –las causas conocidas como «Pibes Villeros» y las amenazas a una comisaría–, el foco inmediato sigue puesto en sostener el cerco de protección médica y humanitaria que la justicia internacional, aun levantando las medidas de urgencia, se ha encargado de ratificar.
Milagro Sala: La Corte IDH frena cualquier intento de modificar sus condiciones de detención

