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Intimaron a la junta electoral de Adep

adep 2La Delegación Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, intimó ayer a la junta electoral que intervino en las elecciones de diciembre de la Asociación de Educadores Provinciales (ADEP) a presentar documentación certificada sobre distintas aspectos vinculados a los comicios, como los avales desestimados de la cuarta lista que no pudo participar, como así también sobre otros aspectos impugnativos producidos durante el proceso electoral.

 Las listas “Verde” y “Bordo” solicitan la anulación de las elecciones, mientras montaban un campamento, en la jornada de ayer, frente a la sede del Ministerio de Trabajo hasta que se expida concretamente respecto a la anulación

 La resolución de la cartera laboral, esta firmada por la directora nacional Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Elena de Otaola y en su texto se recuerda en primer término que “en las presentes actuaciones se ventila el proceso eleccionario que fuera convocado por la Asociación de Educadores Provinciales (ADEP), cuyo acto eleccionario fue previsto para el 18 de diciembre con la finalidad de elegir los integrantes de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas y Fiscalizadora”.

 Más adelante agrega: “Que debido a una gran cantidad de incidencias habidas desde el inicio del proceso, esta asesoría previo a expedirse sobre las diversas cuestiones planteadas y a la necesidad de tomar conocimiento cabal de las circunstancias, estimó conveniente proceder a requerir a la junta electoral, para que a la mayor brevedad remita a esta autoridad del Trabajo la siguiente documentación debidamente certificada, con la firma original del presidente del cuerpo:
Totalidad de la nómina de “avales” presentados por la lista denominada “Rosada”; detalle puntualizado y con identificación de los datos personales de cada uno de los avalistas que la Junta Electoral consideró que no reunían los requisitos necesarios y la especificación en cada caso de las circunstancias que obstaron a la procedencia de cada un de ellos.

 Copia certificada de la totalidad de los planteos impugnativos y objeciones de cualquiera de los actos habidos durante el proceso electoral, así como de las resoluciones adoptadas en cada caso por la Junta Electoral.

 En el supuesto caso de mesas impugnadas, remitir copia certificada del padrón de votantes correspondiente a cada una de ellas, cualquiera fuera la resolución adoptada por la Junta Electoral al respecto y copia certificada del acta íntegra del Escrutinio Definitivo”.

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