La Cámara Nacional Electoral dictó un fallo crucial sobre la profunda crisis institucional y de representación que atraviesa el Partido Justicialista – distrito Jujuy. El tribunal ratificó la intervención judicial de la fuerza por un plazo de 180 días, pero dispuso el inmediato desplazamiento del interventor que había sido nombrado originalmente, Ricardo Guillermo Villada, con el fin de asegurar condiciones de neutralidad absoluta en el proceso de normalización.
La resolución se conoció luego de que el apoderado judicial de la intervención partidaria, Facundo Somosa, apelara la medida dictada en primera instancia por el juzgado federal de Jujuy, que a mediados de abril había declarado nulas las disposiciones internas emitidas por el partido y decretado el control judicial de la estructura.

Una estructura sumida en la disfuncionalidad
El fallo, respaldado por los camaristas Santiago Hernán Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Ricardo Dalla Via, fundamenta la convalidación de la medida excepcional en la severa disfuncionalidad política y jurídica que arrastra el PJ jujeño. Los magistrados detallaron que el cronograma electoral interno programado originalmente sufrió sucesivas postergaciones y alteraciones normativas.
De acuerdo con el análisis de la Cámara, las marchas y contramarchas, sumadas a amnistías cruzadas y procesos de sanción interna, terminaron por profundizar la fractura de la fuerza política y lesionar gravemente las garantías de los afiliados.
Ante una controversia interna calificada como irreversible, la intervención se ratificó como el único camino legal para devolverle previsibilidad e institucionalidad al espacio.

Los motivos detrás de la remoción de Villada
El punto central que modificó el tribunal de alzada estuvo vinculado a las condiciones de imparcialidad en la conducción provisoria. La oposición interna había impugnado la designación de Ricardo Villada argumentando una manifiesta falta de ecuanimidad para arbitrar el proceso electoral.
Si bien los jueces aclararon en los fundamentos que un interventor judicial no requiere obligatoriamente del consenso unánime de los sectores en pugna, advirtieron que Villada fue propuesto explícitamente por una de las facciones internas al momento de solicitarse la medida.
Para la CNE, esta situación genera una percepción de parcialidad que pone en riesgo el normal desarrollo de comicios democráticos. Por tal motivo, ordenaron al juez de primera instancia nombrar un reemplazo con la mayor celeridad posible. El nuevo administrador tendrá la tarea exclusiva de conducir el partido con objetividad y convocar a las urnas para elegir nuevas autoridades.

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