La publicación de los listados de la gente vacunada en Jujuy viola dos leyes nacionales 

En los últimos días se reavivó la polémica por la publicación de los listados completos de las personas que están siendo vacunadas contra el covid-19 en Jujuy por parte del Ministerio de Salud provincial. La difusión de los nombres, apellidos y documentos de identidad de ciudadanos y ciudadanos que acceden a la vacuna viola dos leyes nacionales: la que garantiza el derecho a la confidencialidad de los datos de los pacientes, y la de protección de datos personales. Ambas normativas son de orden público, es decir que son de aplicación automática en todo el territorio nacional.

En febrero pasado, la Legislatura provincial le dio fuerza de ley al decreto 2720 que, con la firma del gobernador Gerardo Morales y todos los ministros, habilitó al Poder Ejecutivo a publicar la lista de las personas inmunizadas contra la covid-19.

En diálogo con El Submarino Diario, la abogada Claudia González explicó que esa legislación provincial «es violatoria de los derechos del paciente, que garantiza la confidencialidad de los datos y de la relación médico – paciente, y todo lo referido a la salud», y ejemplificó: «Se puede decir cuántos enfermos de Chagas o de covid hay, pero no se puede decir que son Juan, Pedro o Pablo».

Por otro lado, marcó que «la otra ley que se está violando es la de datos personales, que también dice con mucha claridad que todo lo relacionado con la salud de la persona es información sensible y por lo tanto no puede difundirse sin autorización de la persona».

El decreto convertido luego en ley provincial fue dictado por el gobernador luego del escándalo por las irregularidades en la asignación de vacunas en Buenos Aires, que derivó en la renuncia del ministro de Salud de la Nación, Ginés González García.

En Jujuy, Morales cargó contra el sistema privado de salud, hizo públicas las listas del personal sanitario de esos centros que debían vacunarse y rápidamente lanzó el decreto 2720 en el que instruye a la cartera sanitaria provincial a «publicitar periódicamente la nómina completa de personas que hayan recibido la aplicación de vacunas contra covid-19» y también de las «personas incorporadas en órdenes de prioridad para ser vacunadas, razones y previsión de tiempo de aplicación».

En sus considerandos, el decreto plantea «la necesidad de dotar al Sistema de Vacunación del mayor rigor de organización posible, con la máxima transparencia» y que «se torna imprescindible hacer públicas las listas de personas vacunadas a efectos de que el conjunto de la población pueda actuar como control de eventuales o posibles desvíos de la aplicación de las vacunas, un recurso escaso en la pandemia que vive el mundo, nuestro país y en particular nuestra Provincia».

El texto también menciona el artículo 7 de la Ley Nacional N° 25.326 de Protección de Datos Personales, que dice: «Los datos sensibles solo pueden ser recolectados y objeto de tratamiento cuando medien razones de interés general autorizadas por Ley. También podrán ser tratados con finalidades estadísticas o científicas cuando no puedan ser identificados sus titulares». No obstante, la ley nacional no plantea de manera explícita la posibilidad de que esos datos se hagan públicos para cualquiera.

Los nombres, apellidos y DNI están disponibles en la web

González explicó: «Podría permitirse el acceso a la información a la prensa, por ejemplo, mediante un requerimiento, una nota, pero no que cualquier persona pueda, a través de un link, acceder a esos listados».

A su entender, «esto excede el control de una correcta función para que no se vacune a personas que no cumplan los requisitos».

En su doble condición de abogada y también de afectada por la situación, señaló: «A mí no me interesa que la gente sepa que yo estoy vacunada, en qué etapa me vacunaron. Porque hoy por hoy, el hecho de haber accedido a la vacuna implica que pertenezco a un grupo de riesgo».

Esa es precisamente la información que se revela, vulnerando el derecho a la confidencialidad sobre la salud de las personas. «La ley de derechos del paciente dice que todos los datos tienen que estar codificados -continuó González-. Si yo quiero formar parte de un estudio con fines epidemiológicos, por ejemplo, entro al registro con un código. Lo mismo pasa con los enfermos de VIH, que se los ingresa al sistema nacional con un código porque así lo establece la ley».

«Todo esto lo sé como abogada, pero además me afecta en lo personal. Cuando el sistema nacional me informó que estaba seleccionada para acceder a la vacuna, sentí una gran alegría. Pero por otro lado estoy expuesta a que cualquier persona pueda conocer que padezco una enfermedad», enfatizó, y agregó: «Yo soy dueña de decirles o no a mis más cercanos qué enfermedad tengo, y si quiero les digo y si no quiero no les digo nada».

Sobre la posibilidad de que se haga alguna presentación judicial para evitar la publicación de las listas, González opinó: «No es justo para nadie recurrir a la justicia ante cada violación del poder político, porque yo tendría que ir como ciudadana común y abrir una instancia judicial para pedir la declaración de inconstitucionalidad de la ley, pedir que borren mis datos personales. ¿Pero qué pasa con todos estos días en los que figuro en todos lados? El daño ya está hecho. Mis derechos ya se vulneraron, no resuelvo nada para atrás».

Dejá tu comentario. [Nos reservamos el derecho de eliminar los contenidos ofensivos o discriminatorios.]

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

x

Check Also

La comunidad trans reclamó en la Legislatura la adhesión de Jujuy a la ley de cupo laboral

Referentes de la comunidad trans de Jujuy se reunieron con diputadas para reiterar el pedido de que Jujuy adhiera a la ...