Moisés: “El DNU pone resguardo a las comunidades originarias”

«Con el decreto de necesidad y urgencia emitido hoy por el Poder Ejecutivo Nacional que prorroga la Ley 26160 de Emergencia Territorial hasta noviembre de 2025, el presidente Alberto Fernández puso a resguardo a las comunidades originarias de la Argentina que nos venían expresando sus preocupaciones por el vencimiento de la normativa el próximo martes 23”, destacó hoy la diputada nacional del Frente de Todos, Carolina Moisés.

En ese sentido, aclaró además que, en simultáneo, “desde la Comisión de Presupuesto, el bloque del Frente de Todos en Diputados y algunos legisladores de bloques aliados dieron ayer con un dictamen positivo, la señal clara de que se seguirá avanzando hacia la sanción definitiva de la prórroga de la Ley”.

Ese hecho coronó un debate que fue presenciado entre otros funcionarios, por la titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda en la comisión que preside el diputado Carlos Heller.

“La decisión del presidente es una solución temporaria al tema, que despeja y alivia a quienes legítimamente tienen derecho al acceso a sus tierras y con la implementación de la Ley que estaremos sancionando serán censados y agregados al Registro Nacional de Comunidades que lleva el INAI”, indicó Moisés.

“Esta gestión del presidente otorga el margen para que Diputados complete la sanción y que la caída de la vigencia de la Ley 26160 no signifique una dificultad con la gravedad que tendría para las comunidades”, dijo, no sin antes recordar que la normativa fue impulsada en 2006 nada menos que por iniciativa del entonces presidente Néstor Kirchner”.

Moisés puntualizó: “No debemos olvidar nunca las sensibilidades que toca este tema toda vez que la identidad de las comunidades es asumir a la tierra como un bien social y cultural”. Por eso aseguró que “será fundamental que se complete la registración con un correcto relevamiento técnico jurídico y catastral de las comunidades y mientras tanto se prorrogue la suspensión de ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos que ordenen el desalojo o desocupación de las tierras que ocupan las comunidades”.

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