Ordenan liberar a Milagro Sala en la Megacausa, pero seguirá en domiciliaria por Pibes Villeros

La justicia ordenó el cese de la prisión preventiva de Milagro Sala por haberse vencido el plazo máximo sin que exista sentencia condenatoria. Es en el marco de la denominada Megacausa, en la que están procesados el exgobernador Eduardo Fellner, exintendentes y exfuncionarios provinciales y nacionales. El cese de la preventiva alcanza además a Mirta Aizama y Gladis Díaz, quienes al igual que Sala están actualmente con arresto domiciliario.

Es la segunda prisión preventiva que se le revoca a la dirigente social. El cese anterior fue dictado por la Cámara de Casación Penal cuando resolvió dar por cumplida la condena en la causa conocida como «Luca Arias» y le otorgó la libertad.

Con esta nueva resolución, queda resolver solamente la situación de Sala en la causa Pibes Villeros, lo que está en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo firmado este viernes por el Juez en lo Penal Económico Rodolfo Miguel Fernández, señala que de mantenerse la medida de restricción, se estaría ante una violación del derecho constitucional a ser juzgado en un plazo razonable o ser puesto en libertad, según establece la Convención Americana de Derechos HUmanos.

«La prisión preventiva está limitada por los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad, indispensables en una sociedad democrática, al tiempo de constituir la medida más severa que se puede imponer a un imputado», escribió el magistrado, y recordó que por esta razón el juez debe «valorar periódicamente» si mantener la medida.

Menciona que se deben evitar «abusos en el uso y extensión de esta medida de coerción».

Recuerda que «el Juzgado de Control en lo Penal N° 4 que venía interviniendo en la tramitación de la presente causa requirió del Superior Tribunal de Justicia ‘la prórroga extraordinaria de prisión preventiva» para Milagro, Gladis y Mirta y que la Sala Penal del STJ el 27 de julio pasado concedió la prórroga pedida por Cruz por el término de 3 meses.

Por lo tanto, está vencido el plazo máximo de prisión preventiva sin que haya dictado sentencia condenatoria. Si se mantuviera la restricción, escribió el juez, estaría «configurándose prima facie una violación del derecho constitucional de las imputadas a ser juzgado en un plazo razonable o ser puesto en libertad, según la Convención Americana de Derechos Humanos.

Casación dispuso la libertad de Milagro Sala porque consideró cumplida una de las condenas, pero seguirá detenida

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