La justicia hizo lugar a la medida cautelar presentada por padres y alumnos de 7mo grado de distintos establecimientos educativos de Jujuy, ordenando la suspensión del cronograma de actividades dispuesto en el Anexo Único (“cronograma de actividades – inscripción de integrantes a 1º año escuela secundaria”) de la Resolución Nº 2012/E/20 dictada por el Ministerio de Educación.
De esta manera, la justicia contenciosa administrativa le asesta un nuevo golpe judicial a la titular de la cartera educativa, Isolda Calsina, basta con recordar el escándalo que se desencadenó con la escuela Helen Keller y la escuela de teatro “Tito Guerra”.
Así también de todos los actos allí establecidos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva, bajo apercibimiento de aplicarse sanciones a los funcionarios responsables y el Estado Provincial. La audiencia quedó fijada para el viernes 4 de diciembre a las 17 hs.
También ordenó al Estado Provincial, en el término de tres días, informar y adjuntar la documentación respectiva al sistema de selección utilizado en los últimos cinco años para el ingreso a 1º año en instituciones educativas de educación secundaria, los parámetros tenidos en cuenta como orden de prelación para el sistema de selección para el ingreso a 1º año, cantidad total de vacantes para el ingreso a 1º año en instituciones educativas de educación secundaria de gestión estatal y no estatal, existentes en todos los establecimientos de educación secundaria (oferta) y cantidad de alumnos aspirantes al ingreso a 1º año (demanda), número de vacantes existentes por instituciones de gestión estatal y por instituciones de gestión privada, la cantidad de vacantes en cada establecimiento educativo, normativa vigente utilizada respecto del orden de prelación de los colectivos integrados por a) recursantes; b) discapacitados; c) abanderados y d) hermanos dentro de cada Institución, criterios tenidos en cuenta para la exclusión de los sorteos de los grupos mencionados, si se han tenido en consideración para la asignación de las vacantes, otros criterios, tales como: el desarrollo integral de la persona conforme principios de libertad, creatividad, responsabilidad social y solidaridad humana; la participación de la familia y de la comunidad en el proceso educativo; el principio de igualdad de posibilidades y oportunidades; las características geográficas (criterio de cercanía, etc.), sociales y económicas de las distintas regiones de la Provincia.