PASO 2019: Los derechos de las personas con discapacidad

Las elecciones primarias del próximo domingo son obligatorias para todos los ciudadanos y ciudadanas habilitados para votar. Y son además un derecho. Por esto, el Estado debe garantizar la accesibilidad electoral a todas las personas con discapacidad motora, sensorial o del tipo que sea. Desde eliminar las barreras físicas para que el elector pueda acceder a la mesa que le corresponde, hasta permitir que ingrese al cuarto oscuro acompañado, en el caso de quienes padecen disminución visual.

La accesibilidad electoral consiste en que no existan barreras que impidan a personas con discapacidad participar en las elecciones y ejercer su derecho a votar.

Hay accesibilidad cuando los edificios donde se vota tienen rampas que permiten el acceso y desplazamiento en su interior; cuando las indicaciones son claras y hay dispositivos que permiten que las personas con discapacidad visual las puedan conocer.

También, cuando las autoridades de mesa están capacitadas para dar los apoyos que requieren las personas con discapacidad.

Se denomina «voto asistido» cuando la persona con discapacidad necesita entrar al lugar donde vota acompañado por alguien de su confianza para que le ayude a emitir su voto. El acompañante debe presentar el DNI del elector y sus datos personales quedarán inscriptos en el padrón electoral. No podrá asistir a otra persona en la misma elección.

Quienes padecen discapacidad visual están autorizados a entrar en el cuarto oscuro con la persona que elijan. Además, el presidente de mesa debe ayudar en todo lo que necesite.

Lo mismo ocurre en el caso de cualquier otra limitación física, ya sea permanente o transitoria.

Si la persona con discapacidad concurre sola, el presidente de mesa debe asistirla para que pueda emitir su voto.

 

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