En consonancia con los lineamientos establecidos a nivel nacional, el diputado Juan Cardozo Traillou (JPJ-Frente de Todos) presentó un proyecto de ley en la Legislatura de Jujuy con el objeto de promover las acciones de responsabilidad patrimonial que le caben a los funcionarios que intervinieron la toma de la deuda ante el Fondo Monetario Internacional en el año 2018.
Al respecto, Cardozo Traillou indicó que en la Cámara de Diputados de la Nación se encuentra en tratamiento un Proyecto de Resolución planteado por el Diputado Nacional y presidente del Partido Justicialista, José Luis Gioja, con la finalidad de responsabilizar patrimonialmente a los endeudadores.
“Nos parece fundamental que el poder legislativo de Jujuy adhiera a esta iniciativa en pos de arbitrar los medios necesarios para que quienes actuaron con dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones, respondan por los daños ocasionados”, añadió.
La incitativa presentada por el legislador provincial, con el acompañamiento de los Diputados Débora Juárez y Alejandro Snopek (JPJ-FDT) establece que “la Legislatura de Jujuy, vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Nación, la Oficina Anticorrupción y la Sindicatura General de la Nación, instruyan los procedimientos tendientes a promover una acción de responsabilidad patrimonial contra los funcionarios que intervinieron en la celebración de los acuerdos con el Fondo Monetario Internacional en 2018”.
En ese sentido, recordó que durante la gestión del ex presidente Mauricio Macri el Fondo Monetario Internacional le adjudicó a la Argentina un préstamo de 55.000 millones de dólares. De esa cifra se desembolsaron 44.000 millones de dólares que solo sirvieron para facilitar la salida del mercado financiero argentino de capitales especulativos con la absoluta anuencia de las autoridades de entonces. “Todo esto se realizó a espaldas del Congreso Nacional, sin importar las terribles consecuencias que esto trajo al pueblo argentino”.
Cabe destacar que el artículo 130 de la Ley de Administración Financiera (24.156) dispone que: “Toda persona física que se desempeñe en las jurisdicciones o entidades sujetas a la competencia de la Auditoría General de la Nación responderá de los daños económicos que por su dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones sufran los entes mencionados, siempre que no se encontrare comprendida en regímenes especiales de responsabilidad patrimonial”.
Por otro lado, la ley 26.944 de responsabilidad del Estado Nacional establece que: “La actividad o inactividad de los funcionarios y agentes públicos en el ejercicio de sus funciones por no cumplir sino de una manera irregular, incurriendo en culpa o dolo, las obligaciones legales que les están impuestas, los hace responsables de los daños que causen”.
“En consonancia con las leyes 24.156 y 26.944, se deberá primero detallar cuáles han sido las irregularidades e inobservancias cometidas por los funcionarios. Luego, habrá que establecer el daño patrimonial causado. Todo ello sin perjuicio, por supuesto, de la responsabilidad penal que también les pueda corresponder”, agregó.
Por último, dijo que “se debe investigar a quienes realizaron estas acciones que afectaron terriblemente a la economía de nuestro país, comprometiendo las finanzas públicas en perjuicio del pueblo argentino”.