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Sala está procesada en una causa en la que el autor material de los disparos fue sobreseído

milagro rayasLa defensa de Milagro Sala denunció que el juez Pablo Pullén Llermanos dictó su procesamiento sin previa notificación de la resolución a los abogados, y que la única prueba que tiene el magistrado es la declaración del autor material del hecho, que tras denunciar a la dirigente social fue sobreseído.

Pullén Llermanos imputó a la dirigente social como coautora de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria, en grado de tentativa. La única prueba en su contra es la declaración de Jorge Rafael Paes, quien fue el autor material del hecho y fue sobreseído tras denunciar a Milagro Sala.

El otro procesado, Fabián Ávila, negó las declaraciones de Páes y señaló que el enfrentamiento que se juzga fue originado por “cuestiones de cancha”.

Tras denunciar a Milagro Sala, Jorge Rafael Paes, que estuvo prófugo varios años y que fue procesado por la justicia en primera instancia y por la Cámara de Apelaciones como coautor de tentativa de homicidio, fue beneficiado por el juez Pullén Llermanos con prisión domiciliaria, a pesar de no cumplir con ninguno de los requisitos legales para su procedencia, y fue luego sobreseído por el mismo magistrado.

Si bien el juez fundó en su resolución que “Páes se encontraba al momento de la balacera dentro de un vehículo pero no descendió del rodado, tampoco portaba armas de fuego”, alrededor de cinco testigos, dos de ellos policías, declararon en el expediente haberlo visto en el lugar de los hechos bajar de un auto con un arma en su mano.

La causa en la que Milagro Sala fue imputada primero por supuesto encubrimiento y que luego de las declaraciones en su contra por parte de Páes fue recaratulada como coautora de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria, en grado de tentativa, investiga el hecho ocurrido el 27 de octubre de 2007 en el que dos bandas habrían intentado con arma de fuego matar a Alberto Cardozo en el Barrio San Francisco de Alava.

En el enfrentamiento fue herida una menor de 11 años. Por los hechos fueron procesados en primera instancia y por la Cámara de Apelaciones por lesiones culposas y abuso de armas Fabián Ávila y Páes. Mientras Ávila fue detenido en la vía pública, el segundo permaneció prófugo hasta mediados de febrero de este año, cuando fue capturado en Salta y trasladado a la provincia.

En el expediente, cinco testigos declararon haber visto a Páes bajar del auto y disparar en contra de Cardozo junto con Ávila. Sin embargo, para el juez Pullen Llermanos, la sola declaración de Páes negando los hechos fue suficiente para dictar su sobreseimiento.

Con otros parámetros, dictó orden de detención contra Milagro Sala y encarceló a Elba Jesús Galarza y María Molina. Estas últimas estuvieron siete meses presas en la comisaría de la mujer, hasta que fueron liberadas el 15 de noviembre por decisión del juez de Control Gaston Mercau.

Jorge y Yésica Páes  habían denunciado a las integrantes de la Tupac Amaru. A Galarza por falsificar instrumentos públicos a favor de otorgarle a Jorge Rafael Páes una capacitación laboral y a la segunda por haber ido a la casa de Yésica Páes –según declaró la hija del procesado- a transmitirle un mensaje de Milagro en el que le habría dicho que no le haga transferencias de dinero al padre sino que se lo entregara en mano.

Para el juez, en estos casos, un solo testimonio fue suficiente para detener a las integrantes de la organización barrial. No realizó ningún pedido para generar otras medidas probatorias a los fines de certificar los dichos del procesado y de su hija.

En el caso de Milagro Sala, Pullen Llermanos la imputó y emitió una orden de detención en su contra primero bajo el cargo de encubrimiento.

Más tarde, en una declaración indagatoria –en la que tiene derecho constitucional a no ser veraz-, Jorge Rafael Páes dijo que Sala habría participado de una reunión en la que se planificó el enfrentamiento. Con estos dichos, la causa en contra de Sala fue recaratulada como coautora de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria, en grado de tentativa.

Sin embargo, Ávila declaró que nunca existió una reunión para planificar en el tiroteo y que el enfrentamiento con Cardozo se relacionó con cuestiones “de cancha”.

Los abogados representantes de Sala advierten que el procesamiento anunciado por el juez es “una nueva ofensiva del gobierno provincial” a partir de la decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que ratifica lo resuelto por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas y que ordenó la inmediata liberación de Milagro Sala.

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