Un hombre fue condenado a 11 años de prisión por violar a sus hijas y sobrina

Este viernes, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a un hombre, D.H.G., a la pena de 11 años de cárcel por haber violado a sus hijas y una sobrina, todas menores de edad. La pena fue escasa y cumplirá su condena en prisión domiciliaria.

Fue condenado por los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo (dos hechos) en concurso real”, ocurridos en una localidad del Departamento Manuel Belgrano.

Además, ordenó la obtención de sus perfiles genéticos para incorporarlos al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Según la acusación de la Fiscalía, entre los años 2008 y 2009, una menor de edad fue de visita al domicilio del condenado. Además de abusarla, le sacaba fotos. Estos hechos sucedieron en reiteradas oportunidades.

Por otra parte, en el transcurso del mes de junio de 2008 hasta mayo de 2009, en situaciones en que una de las hijas del acusado, menor de edad, estaba en la casa de su padre en la localidad mencionada, el imputado, aprovechando que no se encontraba nadie más en el domicilio, procedió a accederla carnalmente; ocurriendo lo mismo en reiteradas oportunidades.

Otro hecho por el que la Fiscalía acusó a D.H.G. sucedió en fecha que no se pudo precisar, en el mismo domicilio, donde se encontraba la otra hija menor de edad del imputado, la que padece parálisis cerebral cuadriespatica grave con déficit cognitivo severo a profundo con trastornos del lenguaje asociado.

El hombre, aprovechando la total indefensión de su hija y encontrándose bajo su guarda, procedió a accederla carnalmente.

Procedimiento especial

El Tribunal fue integrado por las juezas María Margarita Nallar –presidenta de trámite-, y Ana Carolina Pérez Rojas, de conformidad a lo establecido en la Acordada Nº 71/2008. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Dr. Ricardo Almaraz

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el fiscal, Walter Hugo Rondón, el abogado defensor, Ariel Roldán, y el Tribunal.

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