Un hombre fue sentenciado a 16 años de cárcel por un crimen: Lo apuñalo 18 veces

El Tribunal en lo Criminal Nº2 condenó a Diego Héctor Diego Flores a la pena de 16 años de prisión por asesinar de 18 puñaladas a Carlos Alberto Paita Montes.

En tanto, Abigail Belén Orellana fue absuelta por el beneficio de la duda del delito de “Homicidio doblemente agravado por el vínculo y ensañamiento”, por el cual fue acusada por la Fiscalía.

El veredicto emitido por las juezas Claudia Cecilia Sadir como presidenta de trámite, María Laura Flores (habilitada) y el juez Luís Ernesto Kamada

Los hechos

La pareja ingresó al domicilio de la víctima con la llave que poseía en su poder la mujer, ya que la misma había mantenido una relación de pareja y es madre de las hijas de Paita Montes, y lo esperaron hasta aproximadamente las 15.00 horas, momento en que Paita Montes llegó a la vivienda y fue increpado por los imputados.

Fue entonces que Flores con el fin de acabar con la vida de Paita Montes lo atacó con un cuchillo de grandes dimensiones provocándole 18 heridas punzo cortantes en todo el cuerpo, haciéndole padecer un sufrimiento físico innecesario, que le causó posteriormente la muerte, pese al intento de la víctima de escapar del lugar por el techo de su vivienda, desde donde pidió ayuda a sus vecinos.

La inculpada Orellana fue aprehendida en inmediaciones del lugar, mientras que Diego Flores logró darse a la fuga con destino desconocido, descartando el arma homicida en una maceta de la vivienda, ubicada en el Barrio Tupac Amaru de Alto Comedero.

El fiscal fue Diego Cussel, quien solicito la pena de prisión perpetua para los acusados, mientras que los abogados querellantes, Julián Martín Palmieri y Carla Agustina Reyna adhirieron al pedido del fiscal.

En tanto, la defensa técnica de los enjuiciados estuvo a cargo de los Defensores Públicos Penales, del Ministerio Público de la Defensa Penal, Máximo Alejandro Gloss (por Orellana), que requirió la absolución de su defendida; y Florencia Quintar (por Flores) quien pidió que se aplique lo dispuesto por el Código Penal para el caso de la legítima defensa.

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