Un profesor fue condenado a 9 años de cárcel por abusar de su alumna

La justicia penal de la provincia condenó a un profesor de danzas, F. C. R. R., a la pena de 9 años de prisión por abusar de una alumna en dos oportunidades, cuando daba clases en un establecimiento privado en San Salvador de Jujuy.

El docente fue sentenciado por el delito de “Abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima con acceso carnal agravado por ser el encargado de la educación (dos hechos) en concurso real”.

El Tribunal en lo Criminal Nº3 dispuso mantener la situación de libertad del condenado hasta tanto quede firme la sentencia recaída sobre el mismo, tras lo cual se procederá a su inmediata detención, traslado y alojamiento en el Servicio Penitenciario de la Provincia.

También ordenó que se mantengan las medidas precautorias de protección de la víctima, como así también autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

El Tribunal que dictó la sentencia hace cuatro días atrás, estuvo conformado por los jueces, Salvador Gustavo Ortiz que actuó como presidente de trámite por habilitación, y Luis Ernesto Kamada, junto con la magistrada, Claudia Cecilia Sadir.

De acuerdo al requerimiento de la Fiscalía, el profesor fue condenado por dos delitos perpetrados contra su alumna de 15 años edad.

Los mismos ocurrieron en un instituto privado integral de danza que funcionaba en dependencias de un club deportivo ubicado en un barrio de la zona sur de la ciudad capital.

El primer hecho sucedió un día sábado, entre los meses de abril y julio de 2021, mientras que el segundo en noviembre del mismo año.

Alegatos

En los alegatos, el fiscal Aldo Lozano, solicitó la pena de 16 años de prisión para el enjuiciado; mientras que el abogado querellante, Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, formulo idéntica petición que el Fiscal.

Por su parte, el abogado defensor, Carlos Alberto Rodríguez Vega, requirió la absolución lisa y llana por inexistencia de la acreditación del hecho, o en subsidio la absolución por el beneficio de la duda para su defendido.

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