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Concejales aprobaron la ordenanza que regula los barrios privados

Los concejales capitalinos, durante una nueva sesión ordinaria realizada este jueves aprobaron la ordenanza N° 7193 que regula los barrios privados o cerrados, parques Industriales, club de campo, que se constituyan en los términos del artículo 2073° del Código Civil y Comercial, dentro del territorio de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.

En la norma se establece que los titulares de dominio o condóminos que quisieran realizar conjuntos inmobiliarios deberán solicitar, previamente a la presentación que corresponda efectuar en la Dirección Provincial de Inmuebles, la autorización y aprobación de factibilidad del Proyecto de Conjunto Inmobiliario por parte de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, bajo pena de nulidad de lo actuado.

También se estipula que, a los fines de solicitar la aprobación municipal del Anteproyecto de Conjunto Inmobiliario, se deberán cumplir con requisitos referidos a la Emisión del Certificado de Factibilidad del Proyecto de Conjunto Inmobiliario y una vez aprobado deberán adecuarse a las disposiciones en lo que respecta a lo establecido a la prestación de servicios. La norma fija obligaciones, penalidades y sanciones a aquellos que incumplan.

La ordenanza tuvo voto favorable de la mayoría del cuerpo de concejales. En este sentido, previo a la votación el concejal Federico Noro, del Bloque Unidos y Organizados, adelantó su voto positivo, “el Municipio tiene la total autonomía para abordar y ordenar este tema, fue un proyecto que se debatió mucho y del cual se hicieron muchas modificaciones”, afirmó.

Mientras que el concejal justicialista Matías Domínguez también consideró apropiado que se legisle sobre esta materia “apoyo este proyecto, es bueno que se legisle en esta materia, esperamos que se cumpla y se haga efectivo, ya que es un proyecto superador. Admiro el trabajo que se hizo al respecto”.

En representación del bloque de la UCR, Santiago Jubert, quien leyó en la sesión las últimas modificaciones en el artículo 21 y 23 de la norma, remarcó la importancia y la necesidad de crear una ordenanza que viene a ordenar, “ya que existía un vacío con respecto al tema y refleja la autonomía y legitimidad del municipio. Hubo mucho debate, mucha participación y también evacuamos muchas dudas. Celebro la aprobación de esta ordenanza”.

Al finalizar la sesión, Lisandro Aguiar, manifestó que “en esta sesión hemos tratado y abordado temas muy importantes para el desarrollo y planificación de nuestra ciudad, sobre todo la aprobación de la ordenanza de Conjuntos Inmobiliarios sobre barrios cerrados en el ámbito de la ciudad de San Salvador de Jujuy”.

Por otra parte, el concejal Leandro Giubergia habló sobre la sanción de la ordenanza 7194/18 que modifica la ordenanza 5345/2018, Capítulo VII – Regímenes de Sanciones-, referido a la prohibición de fumar en lugares cerrados, “es una ordenanza importante que la estuvimos trabajando, ya que hay ocasiones donde se realizan eventos y existen personas que fuman, se averiguó si se estaba cumpliendo la normativa vigente y, sobre todo, actualizamos los montos de las multas”.

“La idea es que en diversos sectores de la ciudad –continuó el concejal radical- no se permita poder fumar, salvo en lugares abiertos o en caso de que hubiera tabaquerías”. Sobre lo que se abonaba como multa según lo establecía la ordenanza, el edil radical dijo que “estaban establecidas en pesos, lo que se hizo ahora es modificar esos montos en unidades fijas que equivale a un litro de nafta súper, esto significa que permanentemente se va a ir actualizando”.

Por último, expresó que los propietarios de locales le deben dar importancia a la presente ordenanza, porque sobre todo está en juego el cuidado de la salud y manifestó que como ciudadanos debemos aprender a respetar “ya que no se puede obligar a una persona a ser fumador pasivo y el que fuma tendrá que aprender que para hacerlo deberá ser en el patio del local, afuera y respetar a sus conciudadanos”.

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