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La justicia rechazó probation a Milagro Sala en el juicio por las supuestas amenazas a policías

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 rechazó probation, solicitado por las abogadas, Paula Álvarez Carrera y Elizabeth Gómez Alcorta a favor de la imputada Milagro Sala. De esta manera el Tribunal podría fijar fechas de iniciación del juicio oral y público contra la diputada del Parlasur.

El dictamen fue resuelto por los jueces, Antonio LLermanos –presidente de trámite-, Luis Ernesto Kamada y Mario Ramón Puig –habilitado-, en el trámite de la causa por la cual Milagro Sala será enjuiciada como supuesta autora del delito de amenazas, dos hechos en concurso real, a policías de la Comisaría Seccional 56 de Alto Comedero, en octubre de 2014.

La defensa técnica de Sala presentó el pedido de probation y posteriormente recuso a los jueces Llermanos y Puig, lo que ocasionó la suspensión de la primera audiencia del juicio prevista para el 6 de septiembre pasado.

Tras el rechazo de la recusación al presidente de trámite, el Tribunal de juicio quedó integrado definitivamente, y procedió entonces a resolver el pedido de las abogadas defensoras de Sala.

Cabe destacar que la fiscalía, Darío Osinaga Gallacher, y el querellante, Ricardo José Arese Ottaviano, se opusieron a la pretensión de la defensa con diferentes argumentos, coincidiendo en la improcedencia del otorgamiento de la suspensión de juicio a prueba por cuanto al momento de la comisión de los hechos delictivos que se le atribuyen a Milagro Sala, detentaba el cargo de Diputada Provincial.

En los fundamentos del fallo, Llermanos expresó que quien desempeña una función pública se encuentra en una situación diferente a quien no la ejerce, pues el ejercicio de ella le confiere un poder con el que no cuenta el habitante

Para los jueces, esta distinción de escenarios legitima un trato diferencial, y resulta razonable que el Estado pretenda garantizar el cumplimiento de sus funciones propias a través de la creación de deberes jurídicos penales más fuertes para quienes ejercen tales funciones.

Llermanos dijo que la norma atrapa a todo ilícito que pueda ser considerado eventualmente como un abuso de poder en el desempeño de las legítimas funciones, atribuidas al funcionario público que se trate.

Por último, al analizar otro de los aspectos que implica el otorgamiento del beneficio de la probation, cual es la facultad que tiene el Tribunal de imponer las reglas de conducta que deberá cumplir el imputado durante el tiempo de la suspensión del juicio, los jueces concluyeron que en el caso de Milagro Sala las mismas se tornarían de imposible cumplimiento, debido a su situación de privación de la libertad, en otras causas penales.

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