El juez federal con competencia electoral de Jujuy, Esteban Eduardo Hansen, hizo lugar al recurso de apelación presentado por la lista Celeste y Blanca N° 2 y dejó sin efecto la Resolución N° 8/2026 de la Junta Electoral del Partido Justicialista (PJ) distrito Jujuy, que había dispuesto su exclusión de las elecciones internas partidarias.
A través de la sentencia firmada este lunes, el magistrado le ordena a la Junta Electoral que le otorgue a la lista del rivarolismo un plazo de doce horas para que subsane las observaciones formuladas en su presentación. Una vez cumplido ese plazo, el órgano partidario deberá analizar los arreglos presentados y resolver sobre la procedencia de la oficialización.
Además, el fallo dispone la readecuación obligatoria del cronograma electoral interno y deja sin efecto la medida cautelar que había suspendido de forma provisoria el proceso.
Los fundamentos del fallo
Para revocar la decisión de las autoridades partidarias, la justicia electoral fundamentó su postura en tres ejes centrales:
Principio de participación e interpretación a favor del derecho político
El fallo destaca que, en materia de derechos políticos y ante una duda interpretativa, debe priorizarse el ejercicio del derecho de participación frente a posturas restrictivas.
El juez remarcó que las supuestas «categorías insubsanables» no estaban contempladas ni en la Carta Orgánica del partido ni en los reglamentos vigentes, más aún considerando que el PJ Jujuy lleva más de tres años intervenido.
Igualdad de trato procesal
Se constató que la Junta Electoral le concedió a la otra lista, Generación Valiente, cuya referente es la senadora Carolina Moisés, un plazo de 12 horas para corregir inconsistencias, mientras que a la de Rivarola se le aplicó el rechazo directo sin posibilidad de subsanar.
Para la justicia, esta disparidad de criterio violó la garantía de igualdad ante las reglas del comicio.
Prematuridad del rechazo
El cronograma electoral contemplaba un período abierto de tachas y sustituciones hasta el 7 de agosto, previo al acto de oficialización del 8 de agosto. La Junta dictó el rechazo definitivo de manera anticipada cuando el procedimiento formal aún permitía efectuar modificaciones a las candidaturas.
Cómo sigue la interna
El fallo aclara que este pronunciamiento no implica dar por oficializada de forma automática a la Lista Celeste y Blanca N° 2, sino restablecer las garantías constitucionales y el debido proceso.
Tras la readecuación de las fechas por parte de la Junta Electoral, el PJ de Jujuy retomará el curso de su proceso interno para definir la conducción partidaria.
El fallo completo
La Justicia Federal suspendió el cronograma electoral en el PJ de Jujuy
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