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Las restricciones que dispuso el juez para el arresto domiciliario de Milagro Sala

 

El juez Pablo Pullen Llermanos resolvió mantener la vigencia de la prisión preventiva que viene cumpliendo Milagro Sala, y ordenó «el cambio de lugar de cumplimiento de la misma» a la casa ubicada en el departamento El Carmen, «teniendo presente lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humano».

Tal como lo había hecho en agosto pasado, el magistrado vuelve a eludir la disposición de un arresto domiciliario, que está regulado, y diseña una modalidad de detención bajo el nombre de «cambio de lugar de cumplimiento».

El juez copió y pegó su resolución anterior. Otra vez, la custodia perimetral del inmueble estará a cargo de personal de Gendarmería Nacional, mientras que el control y monitoreo de la tobillera electrónica será realizado por el Patronato de Liberados y Menores Encausados de la Provincia de Jujuy, con colaboración de la policía provincial, quienes deberán rendir un informe escrito al Juzgado en forma mensual, respecto del desarrollo del régimen de privación de libertad, «así como informar de inmediato toda situación que ponga en riesgo el normal cumplimiento de la medida y/o la seguridad de la procesada», dice la resolución.

Pullen estableció además algunas «reglas de conducta de cumplimiento obligatorio, con expreso apercibimiento de revocación inmediata de la modalidad de prisión preventiva establecida por la presente».

Sobre el ingreso y permanencia de familiares, solo podrán entrar y quedarse sin límite temporal «sus parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente». Ese parentesco deberá ser acreditado mediante documentos por duplicado.

Respecto de las visitas, Pullen vuelve a limitarlas a cuatro por vez, un número menor del que Sala puede recibir en el penal de Alto Comedero, y en el horario de 7 a 19, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita.

También detalla las restricciones de las visitas y los familiares: serán requisados y no podrán entrar con aparatos electrónicos. En el caso de los familiares, podrán llevar solo un teléfono celular por cada uno.

Dentro de la casa, dice Pullen, «no podrá la imputada ni sus familiares y visitas consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes». Y aclara además que Milagro Sala «podrá circular libremente dentro del perímetro de la propiedad, no pudiendo por ninguna razón trasponer los límites de la misma ni cortar el contacto de la tobillera de monitoreo electrónico con el cuerpo».

En la resolución del juez hay un punto dedicado a los controles de salud, un aspecto que en la situación anterior motivó diferencias que desembocaron en el regreso de Sala al penal de Alto Comedero. Dice Pullen en esta oportunidad que «la atención médica y psicológica de la procesada Sala quedará supeditada a su exclusiva voluntad y elección, debiendo la misma por medio de sus representantes poner en conocimiento del Juzgado y a los fines del otorgamiento de la autorización y arbitrar las medidas pertinentes tendientes a efectivizar la atención médica y psicológica a la que la procesada Sala pretenda someterse, como así también para la realización de los exámenes y tratamientos que los médicos o psicólogos tratantes determinen necesarios».

«En caso de resultar necesario el traslado de la encartada por razones sanitarias, el mismo tendrá lugar, previa autorización judicial, con personal y vehículo provisto por Gendarmería Nacional, con participación del Patronato de Liberados y conocimiento de la Policía de la Provincia, dejando a salvo cualquier situación de urgencia, en que el personal de Gendarmería Nacional podrá proceder de inmediato adoptando las medidas de seguridad que correspondan, dando cuenta a este magistrado en la primera oportunidad», continúa el juez.

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