Semana clave para Milagro Sala: debe cumplir la prisión preventiva en su residencia habitual

Comienza una semana clave para la dirigente social, Milagro Sala, quien en las próximas horas o días, debería empezar a cumplir la prisión preventiva, en su habitual residencia, tras el dictamen dictado durante la semana pasada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que por el voto mayoritario que «con carácter de urgente», adopten las medidas correspondientes para dar cabal cumplimiento con lo decidido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la resolución del pasado 23 de noviembre.

 

La Corte Interamericana había resuelto que la Justicia argentina arbitre otras formas de detención para Sala y recomendaba que sea con prisión domiciliaria, en su habitual residencia, que es una casa, ubicada en el barrio capitalino de Cuyaya.

 

En tanto que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó recientemente el recurso extraordinario federal presentado por los abogados de Sala en el entendimiento que la sentencia apelada, del Superior Tribunal de Justicia, no resulta arbitraria, ya que en ella se analizó el riesgo que generaría al proceso la medida solicitada, en tanto incrementaría las posibilidades del entorpecimiento de la investigación.

 

Fallo de la Corte IDH

Cabe destacar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado Nacional «adopte, de manera inmediata, las medidas de protección que sean necesarias y efectivas para garantizar la vida» de Sala

 

En particular, el Estado debe sustituir la prisión preventiva de la señora Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario que deberá llevarse a cabo en su residencia o lugar donde habitualmente vive, o por cualquier otra medida alternativa a la prisión preventiva que sea menos restrictiva de sus derechos que el arresto domiciliario, ya que la situación actual de salud de la señora Sala revela una situación de extrema gravedad y urgencia y la posibilidad razonable de que se materialice un daño de carácter irreparable.

 

Le ordena que presente, a más tardar el 15 de diciembre de 2017, un informe completo y detallado sobre lo dispuesto en el primer punto de esta resolución, luego de lo cual deberá continuar informando a la Corte cada tres meses, contados a partir de la remisión de su último informe, sobre las medidas provisionales adoptadas.

 

Requerir a los representantes de la beneficiaria que presenten sus observaciones dentro de un plazo de cuatro semanas contadas a partir de la notificación de los informes del Estado, así como a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que presente sus observaciones a dichos informes del Estado dentro de un plazo de dos semanas contadas a partir de la recepción de las observaciones de los representantes.

 

Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente resolución al Estado argentino, a los representantes de la beneficiaria y a la CIDH.

x

Check Also

El gobierno mejorará las condiciones laborales del personal de salud

Luego de una reunión que encabezó el gobernador de la provincia, Carlos Sadir, con los ministros de Salud, Gustavo Bouhid y ...