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Paro docente: centralismo versus federalismo en la educación

Por Araceli Bellota, en El Presente de la Historia. El conflicto docente desatado a partir de que el gobierno nacional se niega a convocar a paritarias y que derivó en un paro de 48 horas, con una masiva manifestación frente al Ministerio de Educación, pone en evidencia la importancia de usar a la historia como herramienta de análisis de lo que sucede en el presente.

Porque lo que se está discutiendo no es solamente el monto de los salarios, sino que el fondo es si la educación debe ser nacional o si debe fragmentarse en cada una de las provincias, debate que atravesó a la Argentina desde que se sancionó la Constitución de 1853. Otra vez se asiste a la puja entre dos concepciones que nacieron junto con la Patria: Centralismo versus Federalismo, porque las provincias quedan a expensas del gobierno nacional que decide si gira o no fondos para sustentar a la educación.

La Constitución de 1853 colocó en su artículo 14 a la enseñanza pública entre los deberes y funciones del gobierno, garantizando al mismo tiempo el derecho de enseñar y de aprender. En el artículo 5 dispuso que cada provincia dictara su propia Constitución “que asegure la educación primaria”. Y en el artículo 67, inciso 16, incluyó dentro de las atribuciones del Congreso Nacional “proveer el adelanto y bienestar de todas las provincias y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria”. De esta manera quedaron perfilados los fundamentos para estructurar el sistema educativo.

En 1871, bajo la presidencia de Domingo F. Sarmiento y con el Ministerio de Instrucción Pública a cargo de Nicolás Avellaneda, se sancionó la Ley 63 que promovía subvenciones a las provincias para sostener a la educación en aquellos lugares donde los recursos no alcanzaran para cubrir las necesidades. El objetivo era difundir a la mayor cantidad de población posible los beneficios de la educación. Pero, pese a sus buenas intenciones, la ley no tuvo resultados concretos satisfactorios.

Fue entre los años 1881 y 1884 que el Congreso Nacional se abocó a la sanción de una ley de educación común: la Ley 1420. Pero ésta regía sólo para la Capital Federal y los territorios nacionales, y no para las provincias. Dispuso la obligatoriedad escolar entre los 6 y los 14 años, la educación gratuita impartida por el Estado y la enseñanza religiosa dada antes o después de las horas de clase por los ministros autorizados de los distintos cultos, bajo la dirección y administración de un Consejo Nacional de Educación.

Las provincias poco pudieron adelantar en materia educativa y por esa razón, en 1890 el Congreso Nacional aprobó una ley por la que se estableció que los estados provinciales con recursos insuficientes para su educación primaria serían ayudados por la Nación y las provincias más ricas tendrían menor proporción en las subvenciones. Los montos se establecían de acuerdo a las inversiones que cada provincia hiciera en la enseñanza primaria y ese dinero se destinaba a la construcción de edificios, adquisición de útiles y al salario de los docentes. Pero otra vez el centralismo se impuso al federalismo, porque los fondos estaban administrados por el Consejo Nacional de Educación.

Aun así, hubo provincias en las que el analfabetismo alcanzaba casi el 80 % de la población. Por eso, en 1905 se sancionó la Ley 4874, conocida como Ley Láinez por el apellido del senador que la propuso, por la que se dispuso que la Nación instalara escuelas elementales en las provincias que lo solicitaran, administradas por el Consejo Nacional de Educación. Otra vez se evidenció la pugna centralismo versus federalismo, ya que las escuelas provinciales no estaban en condiciones de competir con las Escuelas Láinez porque eran las preferidas por los maestros, que percibían mejores salarios, y por los alumnos, debido a que los materiales didácticos eran mejores. Las provincias, además, delegaban la facultad de dirigir su enseñanza, aunque se proclamara formalmente el federalismo.

En la década de 1920, las escuelas del Estado sumaron, además, “la copa de leche” y cantinas escolares para paliar las necesidades materiales de los alumnos, y en los ’50 se sumó la asistencia sanitaria a través de una Dirección General. En la década de 1960 aumentaron las escuelas privadas, por lo que en 1962 se creó el Servicio de Enseñanza Privada.

Pero fue la dictadura cívico-militar, instaurada en 1976, la que comenzó a desandar el camino que con tanto esfuerzo se había seguido hasta entonces en procura de una educación nacional, cuando autorizó la transferencia a las provincias de todas las escuelas primarias que la Nación tenía en los territorios pero sin aumentar los fondos para que pudieran sostenerlas.

La Ley 24195 de 1992, conocida como Ley Federal de Educación, completó esa tarea y transfirió también las escuelas secundarias y dispuso que las provincias y la municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires acordaran las políticas educativas en el seno del Consejo Nacional de Cultura y Educación. Sin embargo, no transfirió los fondos correspondientes, lo que provocó que los alumnos de provincias con menos recursos tuvieran una educación pobre, mientras que los de estados ricos accedían a una educación mejor. Lo mismo sucedió con los docentes que recibieron salarios diferenciados.

En 2005 se sancionó la Ley de Financiamiento Educativo con la que se estableció que la responsabilidad de sostener a la educación es de la Nación y de las provincias en forma conjunta, y un año después se aprobó la Ley de Educación Nacional que derogó la sancionada en los ’90 y es la que establece la obligatoriedad del Estado de convocar a una paritaria nacional para fijar un piso salarial sobre el que luego, en cada provincia, se negocien los sueldos de los docentes.

Según la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM), un maestro de grado con 10 años de antigüedad pasó de $1916 en diciembre de 2009 a cobrar $13718 en 2016, con una inflación acumulada de 219% según medición del Congreso Nacional. Es decir, la evolución del salario fue de un 716%.

Hoy, el gobierno nacional sostiene que como las escuelas no están a su cargo, no tiene por qué llamar a paritarias, incumpliendo la ley que lo obliga a convocarlas.

Fuentes:

Martínez Paz, Fernando. Enseñanza primaria, secundaria y universitaria (1862-1914). Nueva Historia de la Nación Argentina. La Configuración de la República Independiente (1810-1914). Tomo VI. Editorial Planeta. Bs. As. 1997.
http://noticias.unsam.edu.ar/2017/02/20/la-paritaria-nacional-docente-una-institucion-amenazada/

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