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Baca pide informes al estado provincial por una causa que inició la Cámara Minera

baca 2El diputado provincial Pablo Baca (UCR) presentó un proyecto de pedido de informe para que el Ejecutivo brinde información sobre la actuación judicial que desarrolla en el marco de la causa iniciada por la Cámara Minera de Jujuy en contra Estado Nacional, para que se declare la inconstitucionalidad de la Ley Nacional de Glaciares.

 “El gobierno provincial ha adherido a este planteo que persigue la declaración de inconstitucionalidad de la Ley Nacional de glaciares para hacer prevalecer intereses particulares de tipo económico por sobre los derechos al ambiente que corresponden a todos los habitantes y a las generaciones futuras. Consideramos que es inaceptable la posición de la Provincia” afirmó el diputado Baca.

 En efecto, se ha conocido recientemente de un modo extraoficial que a partir de una presentación judicial de la Cámara Minera de Jujuy contra el Estado Nacional, el Gobierno Provincial adhirió al planteo que persigue la declaración de inconstitucionalidad de la Ley Nacional. Actualmente, la causa se encuentra para su resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 “Conocimos la causa por un dictamen de la procuradora Fiscal ante la Corte Suprema Laura Monti que se pronunció para que el máximo tribunal resuelva la apelación a una demanda promovida por la Cámara Minera de Jujuy y también nuestra provincia, contra el Estado Nacional, por un reclamo sobre la inconstitucionalidad de una serie de artículos del Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.

 En el repaso del expediente realizado por la procuradora, surge que la demanda fue presentada por la Cámara Minera de Jujuy, que dedujo una acción declarativa ante el Juzgado Federal N° 2 de Jujuy contra el Estado Nacional, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 3, 5, 6, 7 y 15 de la Ley 26.639.

 Citó como parte a la provincia “como titular de dominio originario de los recursos naturales que se encuentran en su territorio”. Además, solicitó y obtuvo del juez federal una medida cautelar para que se suspenda la aplicación de la ley. La provincia se presentó y adhirió a los argumentos de la demandante, requiriendo también al Juzgado que declare la competencia de la Corte Suprema” precisó Baca.

 Baca puso de relieve que “la Cámara Minera requirió la citación como tercero a juicio a la Provincia de Jujuy. Era esperable que el gobierno provincial, en el rol que le corresponde como custodio del interés general, adopte una postura congruente con la necesidad de la protección y preservación de la integridad del medio ambiente natural. Prevalece por sobre los intereses particulares el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que tutela el ambiente y la salud y que es una normativa de orden público. Pero no fue eso lo que hizo el Gobierno de Jujuy. Al contrario, adhirió a una presentación que se fundaba en la prevalencia de los intereses adquiridos particulares. La Provincia de Jujuy –según refiere la procuración Fiscal ante la Corte- se presentó y adhirió a los argumentos expuestos por la Cámara Minera. También pidió ser tenida por parte en la causa aduciendo un interés directo en la declaración de inconstitucionalidad del Régimen dé Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y el Ambiente Periglacial”.

 Pablo Baca consideró que “la posición del Gobierno de la Provincia es inaceptable. Nunca pudo adherir en una materia como está a un planteo efectuado en la invocación de intereses exclusivamente particulares, por el rol que le corresponde en orden al bien común.

 Por otro lado, si se aducía un interés directo –que negamos- en la declaración de inconstitucionalidad, el Gobierno de Jujuy debió efectuar un planteo específico sobre este punto, nunca adherir a un planteo efectuado por la Cámara Minera”, destacó.

 El legislador radical afirmó que “resulta indudable que, con su planteo, el Gobierno de Jujuy ha allanado el camino para el avance de la actividad minera en las zonas críticas de alta montaña, con formaciones glaciares y periglaciares que conforman las nacientes de nuestras aguas y prestan servicios ambientales para la preservación de la vida en el planeta”.

 Recordó el legislador que Jujuy sancionó la Ley 5.647 para la preservación de las masas de hielo, antes de que se sancionara en septiembre de 2010 la Ley Nacional 26.639 «Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial».

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