En la sesión especial convocada para este martes, la Cámara de Diputados tendrá un solo tema para debatir: la aprobación o no de la necesidad de una reforma parcial de la Constitución.
El proyecto fue presentado en la plaza España en la noche del lunes 12 de septiembre por el gobernador Gerardo Morales, quien anunció los principales ejes de la reforma. Se estima que la actual Carta Magna local, que data de 1987, será reformada en aproximadamente un 25 por ciento.
Varias horas después del anuncio del mandatario, el proyecto ingresó por la mesa de entradas de la Legislatura, y fue girado a la Comisión de Asuntos Institucionales, que preside el diputado oficialista Ramiro Tizón.
Dicha comisión armó una ronda de consulta con distintos sectores de la comunidad, donde se escucharon numerosas expresiones contrarias a la reforma.
Imprevistamente, este lunes, y luego de escuchar a los y las cortesanas del Superior Tribunal de Justicia, la Comisión de Asuntos Institucionales emitió un dictamen por mayoría que estableció la necesidad de la Reforma Parcial de la Constitución y mandó a que sea abordada por la Legislatura en las siguientes 24 horas.
Los votos
El proyecto de ley de necesidad de la Reforma Parcial de la Constitución debe ser aprobado por mayoría agravada, es decir, las dos terceras partes de la Legislatura, 32 de los 48 diputados.
Al oficialismo le estaría faltando un voto, que tendría que venir del bloque del Partido Justicialista.
Sin embargo, desde el PJ ya avisaron que no van a apoyar la reforma. De este modo, los legisladores de ese bloque deberían votar en contra obedeciendo el mandato que señala que las bancas son de los partidos políticos, y no de las personas que las ocupan.
Por estas horas se abren las apuestas -figuradas y no tanto- sobre de dónde provendrá el voto positivo que necesita el oficialismo para que se apruebe su proyecto.
Cómo sigue
Si la Cámara de Diputados aprueba la ley propuesta por el gobernador Morales, el Poder Ejecutivo debe promulgar la norma y luego convocar a elecciones para que la ciudadanía elija a los y las convencionales constituyentes.
El Ejecutivo tendrá un plazo de 60 días a partir del momento de la aprobación de la ley para convocar a elecciones. Los comicios deberán celebrarse dentro de los 90 días siguientes o juntamente con las primeras elecciones que se efectúen en la provincia, en el caso de que se realicen dentro de los seis meses posteriores.
Una vez proclamados los convencionales electos, el presidente de la Legislatura deberá convocarlos a celebrar la sesión preparatoria para elegir las autoridades de la Convención Constituyente, que se reunirá en San Salvador de Jujuy en el lugar que se disponga.
Por tratarse de una reforma parcial, la Legislatura es la que establecerá el plazo que tendrá la Convención para sancionarla. Si al vencimiento de ese plazo la Convención no hubiera llegado al final de la tarea, caducará el mandato de los convencionales.