Casación ordenó a la Justicia federal de Jujuy que intervenga en la protección de derechos 

La Cámara Federal de Casación Penal le ordenó a la justicia federal de Jujuy que «intervenga en la protección de los pueblos indígenas y manifestantes que ejercen su derecho a la protesta sobre las rutas jujeñas», informó hoy el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

«De esta manera exige que haya mecanismos de control sobre el despliegue e intervención de las fuerzas de seguridad federales y provinciales en rutas nacionales durante las protestas, para evitar que se siga con la represión policial», añadió la entidad humanitaria.

La medida fue consecuencia de un habeas corpus que presentaron el CELS y la entidad Abogados y abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes) «por los numerosos hechos de represión en esa provincia luego de la sanción de la reforma constitucional», se explicó.

Antes, Casación Penal declaró la competencia de la justicia federal de Jujuy para intervenir en el habeas corpus presentado por el CELS y Andhes.

Los jueces de la sala IV del máximo tribunal penal del país hicieron lugar a los recursos planteados por esas organizaciones y revocaron así las decisiones del juez y de la Cámara Federal de Salta que habían otorgado competencia a la Justicia provincial para intervenir en el habeas corpus.

La decisión fue de los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, quienes resaltaron que la justicia de Jujuy había requerido la colaboración de la Gendarmería para ejecutar distintas órdenes judiciales y el carácter internacional de las rutas afectadas.

Al presentar el habeas corpus, Andhes había asegurado que los manifestantes «se encuentran bajo amenaza actual e inminente de ver violentada su libertad ambulatoria e integridad física al ejercer legítimamente el derecho a protestar en la provincia».

Los impugnantes recordaron además que el 20 de junio «el Juzgado de primera instancia (de Jujuy) autorizó a Gendarmería Nacional y a la Policía de la Provincia de Jujuy a tomar los recaudos pertinentes para asegurar la libre circulación de las rutas nacionales 9 y 34 ‘con el debido resguardo del derecho a la protesta y en especial a la integridad física de las personas, absteniéndose del uso de armas de fuego'».

En función de ese hecho, el CELS realizó una presentación dirigida al juzgado de Jujuy y solicitó que reasumiera la competencia federal.

En su voto, el juez Hornos sostuvo que «la orden dispuesta por el juez federal de Jujuy para que la Gendarmería Nacional tome los recaudos pertinentes y asegure la libre circulación por las rutas nacionales, implicó, en el presente caso, la habilitación a una fuerza federal para realizar actos que podrían afectar el ejercicio del derecho que se pretende garantizar mediante el habeas corpus».

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