Denuncian que hubo un aumento de la tarifa de luz injustificado y por fuera de las normas

Este miércoles, las entidades defensoras del consumidor y el usuario, la Asociación de Protección Consumidores del Mercado Común del Sur (Proconsumer) la Asociación del Consumidor (Codelco) realizaron una reunión informativa, donde denunciaron que “el aumento de la tarifa del servicio eléctrico es injustificado”.

Claudia González, delegada de Proconsumer y Alicia Chalabe delegada de Codelco, realizaron la exposición en los salones de la Unión de Trabajadores Gastronómicos y Hoteleros de la República Argentina (Utghra).

Chalabe señaló que “vinimos a hablar sobre la Resolución 182 que se dictó el 28 de junio pasado y que establece el aumento tarifario de la distribución de la energía eléctrica en toda la provincia, que establece aumentos que van desde la categoría más baja, del 42% al 2500%, así que las facturas que están llegando correspondiente al período 7 tienen que ver con el aumento tarifario autorizado por gobierno de la provincia, a través de la Superintendencia de Servicios Públicos (Su.Se.Pu.)».

Chalabe fue contundente: «Se estableció un aumento del 42% a un usuario de la categoría más baja que son 150 kilowatts».

Luego explicó: «En el caso de las asociaciones de consumidores, presentamos una acción de amparo judicial, donde pedimos la nulidad de la resolución, por defectos tanto de forma como de fondo, el defecto de fondo principal es que no se contempla los ingresos de los ciudadanos de la provincia de Jujuy para establecer este tipo de aumentos».

«Nosotros pedimos que retrotraigan la facturación, que correspondería a la resolución anterior, la de abril de este año» aseguró Chalabe.

Se presentó un amparo colectivo ante el Tribunal Contencioso Administrativo, Sala 1 Vocalía 2 contra la Su.Se,Pu, estado provincial y la Empresa Jujeña de Energía (Ejesa).

“Ejesa distribuyó las boletas con los nuevos porcentajes y la aparición de la resolución 182 de la SuSePu fue posterior. Dicha resolución establece los aumentos con distintas categorías tarifarias: son 7 escalones, desde los que consumen menos hasta los de mayor consumo. El aumento va del 40% hasta el 2500%.

Por su parte, González señaló que en este momento lo importante es llevar información y calma a los usuarios, agregando que «ningún aumento puede ser aplicado en forma retroactiva».

Asimismo puso de relieve que la resolución Nº 182 de la Susepu se publicó el martes pasado en el Boletín Oficial, agregó que anteriormente se había publicado sin los anexos, «que justamente son los que especifican el aumento, y además se dictó con fecha 4 de julio para tener aplicación en los consumos registrados a partir del 1 de mayo”, explicó.

Indicó que ningún acto administrativo puede producir efecto jurídico si no ha sido debidamente notificado y dado a publicidad. “Ayer hemos presentado en la justicia un amparo solicitando la refacturación, porque vamos a ver si esa resolución es válida y a partir de cuándo produce efecto. Y además sin querer judicializarlo una vez más un mal accionar administrativo para que después lo tenga que resolver los jueces porque se han violado derechos de los usuarios”

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