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Enojo peronista contra el municipio por el proyecto de extensión de la licencia por maternidad

rita robles 3La concejal Rita Robles se mostró indignada por la intención del Intendente de San Salvador de Jujuy, Raúl Jorge de atribuirse un proyecto que ya había sido presentado por el bloque de concejales del justicialismo en noviembre del año 2012.

 El proyecto en disputa hace referencia a la extensión a 180 días de la licencia por maternidad para todo el personal municipal. “Esta iniciativa, explicó la edil, estuvo todo el 2013 en el Concejo en Comisión y nunca fue tratado porque los radicales impusieron su mayoría y hoy se lo quieren atribuir como una idea de su gestión”.

 Robles afirmó que “la norma que presente tiene un alto contenido social y representa una fuerte inversión en el plano de la salud de la madre y el niño y la relación física y emocional entre ambos, pero fundamentalmente la alimentación de este último”.

 “Por eso considero que extender el período de licencia por maternidad apunta a generar los tiempos suficientes para garantizar una alimentación adecuada para el recién nacido, aportando el Estado lo que está a su alcance, sumándose esta decisión a una política integral desarrollada en los últimos años por la cartera sanitaria provincial y nacional que incluye charlas, capacitación y campañas de difusión acerca de los beneficios de la lactancia materna tanto para el niño como para la madre”.

 Entre los fundamentos el proyecto de los concejales del PJ señala que “el fortalecimiento del apego entre la madre y el recién nacido es sin dudas un elemento central en el núcleo familiar, el cual constituye una de las células básicas de la sociedad y para ello proponen que el personal femenino podrá hacer uso de ciento ochenta (180) días corridos de licencia por maternidad, con goce íntegro de haberes. Esta licencia comenzará a contarse a partir de los siete meses de embarazo, el que se acreditará mediante la presentación del certificado médico.

 Además sugieren que el término de ciento ochenta (180) días de licencia podrá modificarse en los siguientes casos: a) Nacimientos múltiples: cuando se produzca el nacimiento de dos (2) o más niños se otorgará ciento noventa (190) días corridos de licencia, la que se ampliará a doscientos (200) días corridos cuando sean prematuros. Este último término será condicionado a la supervivencia de por lo menos dos (2) niños; de sobrevivir uno sólo, la licencia se limitará a ciento ochenta (180) días corridos.

 b) Si se produjera defunción fetal, entre el séptimo y noveno mes de gestación, se otorgarán sesenta (60) días corridos de licencia, sin perjuicio de otros que podrán acordarse por enfermedad.

 c) Si la defunción fetal se produjera entre el cuarto y sexto mes de gestación se otorgarán treinta (30) días corridos de licencia sin perjuicio de otros que podrían concederse por enfermedad.

 d) Si se produjera la interrupción del embarazo por causa no imputable al agente, antes de los tres meses, se podrá conceder hasta quince (15) días de licencia.

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