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La justicia decidió mantener la suspensión de la personería jurídica de la Tupac Amaru

ros ene26 acampe banderaLas personerías jurídicas de tres organizaciones sociales seguirán suspendidas, por resolución del juez de la Cámara en lo Civil y Comercial Sala III Vocalía 7, Carlos Cosentini. Se trata de la Asociación Civil, Social, Cultural y Deportiva Tupac Amaru, la Asociación Civil Inti Pacha y la Fundación Cultura y Trabajo. 

La medida judicial fue adoptada en el marco del expediente N° C-60.515/16, “Cautelar Innovativa: Estado Provincial contra Asociación Civil, Cultural y Deportiva ‘Tupac Amaru’ y Otros”, presentada por la Fiscalía de Estado, que había solicitado, con base en el artículo 34 de la Constitución provincial, la suspensión de la personería jurídica de esas asociaciones.

La Fiscalía de Estado pidió esa suspensión a partir del acampe de la Red de Organizaciones Sociales, que permaneció entre el 14 de diciembre de 2015 y el 2 de febrero de 2016 en la Plaza Belgrano, porque impedía la circulación del transporte público y privado de pasajeros y el libre tránsito en la zona, entre otros perjuicios.

Para el Estado provincial, eso constituyó «un desvío» del objeto social de las organizaciones, por lo que interpretó que habían «violado sus estatutos». Con esa fundamentación, suspendió y retiró la personería jurídica mediante el Decreto Nº 403-G-16, que instruyó a Fiscalía de Estado a dar inicio al procedimiento establecido en la Constitución provincial.

La decisión fue objetada por la Tupac Amaru, y ahora la justicia se pronunció por mantener la suspensión, que avaló los «actos administrativos emanados del gobernador de la provincia y del fiscal de Estado en ejercicio de sus funciones». 

Explicó el juez que, en este caso, «dada la situación de varios días de toma y acampe de un lugar público, es innegable que la ley autoriza a que el Estado y quienes lo gobiernan, puedan disponer medidas ejecutorias para proteger el dominio público e incluso evitar actos que durante un tiempo notorio y prolongado alteraron al convivencia social, ya sea de los hechos en sí, o de los efectos que se derivan para quienes lo protagonizan, la autoridad pública actuó también en resguardo del bien común».

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