Los abogados de Milagro Sala recurrirán la resolución de la Cámara de Apelaciones que dispuso el regreso de la dirigente social al penal de Alto Comedero. En diálogo con El Submarino Radio (91.5), Paula Álvarez Carreras detalló los argumentos con los que plantearán el rechazo a la medida, y recordó que no se trata solo de la cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sino también del informe de la ONU que el año pasado solicitó la «liberación inmediata» de Sala por haber concluido que su detención es arbitraria.
-¿Ya presentaron la apelación de la revocación de la prisión domiciliaria de Milagro Sala?
-Nos notificaron el viernes a última hora, así que recién estamos tratando de conocer los fundamentos, para poder recurrir ante la Cámara de Casación.
-¿Con qué argumentos van a recurrir la resolución?
-Entendemos que no procede revocar la prisión domiciliaria de Milagro. Por los pocos argumentos que pudimos conocer a través de la prensa, en términos generales, vemos que la Cámara, al igual que sostuvieron los jueces Mercau y Pullen Llermanos, dice que las resoluciones de los organismos internacionales no serían vinculantes ni obligatorias para ellos. Y hace referencia a unos fallos, citando primero a la Corte Interamericana, confundiendo los organismos, porque la cautelar es de la Comisión Interamericana. Es una postura totalmente descabellada, porque nuestro Estado es parte integrante del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y parte integrante de la ONU, por lo tanto las dos resoluciones que se dictaron en favor de Milagro Sala son obligatorias.
-¿A qué dos resoluciones se refiere? Recordémoslas.
-La primera es la del año pasado, que emitió el Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU, que dijo que la detención de Milagro era arbitraria y que el Estado argentino debía ordenar su inmediata libertad. Esa resolución se basó en los expedientes que se le abrieron por una cantidad de causas a partir de su detención por una protesta en la plaza Belgrano. La segunda es la de este año, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que concede una medida cautelar habiendo advertido que en el Servicio Penitenciario corría riesgo la integridad física y psicológica de Milagro, y por lo tanto dice que ella no podría permanecer en el penal. La Comisión le impuso al Estado que determine una medida alternativa a la prisión, como la prisión domiciliaria, y también hace mención al cumplimiento del dictamen del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la ONU.
-Claramente la resolución de la ONU no se cumplió. ¿Qué pasa con la de la CIDH?
-Lo que dispusieron los jueces Pullen Llermanos y Mercau es algo totalmente desvirtuado, porque consistió en cambiar un lugar de cumplimiento de prisión a otro, en un domicilio que además no estaba en condiciones. Aquí la responsabilidad frente a las exigencias de los organismos y también de la sociedad, por cómo se está cumpliendo la domiciliaria y por los gastos que supone para el Estado, es pura y exclusiva de los jueces, que han hecho lo que han querido. Incluso le han puesto la custodia de Gendarmería Nacional, que además de ilegal tiene un significado adicional, por la responsabilidad que tiene Gendarmería en la desaparición de Santiago Maldonado.
-¿La Cámara de Casación ante la que van a presentar la apelación ya está conformada?
-Ya se rindió concurso para integrarla, pero no sabemos si va a intervenir ese nuevo tribunal. Ya nos lo notificarán, y de acuerdo quienes sean las personas, tendremos que ver si existen causales para la recusación o no.
-¿La CIDH podría tomar algún tipo de medida contra el Estado argentino?
-En principio, la Comisión fue informada el mismo viernes sobre esta revocatoria de la domiciliaria, y el sábado ya emitió algún comunicado, breve, en el que dice que van a tomar intervención los solicitantes de la medida, que fueron el CELS, Amnistía y Andhes. Habrá que arbitrar mecanismos en el ámbito regional para determinar si hay responsabilidad del Estado argentino. Nosotros entendemos que sí. Creemos que lo que correspondería es algún mínimo llamado de atención a Cancillería, porque fue a través de Cancillería que se notificó al Estado argentino que debía cumplir con la medida cautelar de la Comisión.