Pibes Villeros: Milagro Sala seguirá las audiencias por videoconferencia

Se inicia una nueva semana de audiencias en el juicio oral, público y confidencial en la causa denominada, “Pibes Villeros” con la novedad que la principal imputada, Milagro Sala, que fuera apartada por inconducta del proceso judicial por una decisión unánime del Tribunal en lo Criminal N°3, seguirá las instancias por videoconferencia.

Este martes a partir de las 14.30 horas (siempre empiezan por lo menos una o dos horas más tarde), sigue la ronda de testimoniales de ex cooperativistas y ex integrantes que conformaban la Red de Organizaciones Sociales, que fueron convocados a la sede del Ministerio Público de Acusación para firmar una denuncia contra Milagro Sala, como revelaron días atrás algunos testigos, entre ellos, una mujer de apellido Soto, que admitió que fueron citados para firmar una denuncia y “había unas 20 personas en total, que firmamos”.

Durante la semana pasada, los fiscales que actúan en el juicio, presentaron al TOC N° 3 en la que piden que Milagro Sala siga las instancias del proceso a través de videoconferencia, después de que el jueves pasado las juezas decidieron el apartamiento de la dirigente social por “inconducta”. En la misma presentación, los funcionarios del Ministerio Público de la Acusación (MPA) les solicitan a las magistradas que se hagan cargo de la situación de detención de Sala, en sintonía con lo que habían pedido los abogados defensores.

En la audiencia de este jueves, las juezas María Alejandra Tolaba (presidenta) y Ana Pérez Rojas y Cecilia Sadir (vocales) apartaron a Milagro Sala por “inconducta”, lo que motivó una apelación de la defensa ante la Cámara de Casación porque, argumentaron, el sistema judicial argentino no prevé los juicios “en ausencia”.

En ese momento, los fiscales Liliana Beatriz Fernández de Montiel, Diego Cussel y Delia Filomena Ortiz estuvieron de acuerdo con la decisión de las magistradas. Ahora, piden por escrito que se habilite “la posibilidad de realizar videoconferencias o algún mecanismo alternativo y adecuado para asegurar la comparecencia de la acusada Sala y evitar nulidades de las audiencias de debate en curso en la causa”.

Lo hacen con el objetivo de “asegurar la vigencia de las garantías del debido proceso y defensa en juicio”, apoyados en la Constitución Nacional y la Constitución Provincial, en los artículos que se refieren a la objetividad que debe manejarse en los procesos, “procurando establecer un equilibrio entre el interés de la comunidad en la persecución y sanción de delitos y la justa aplicación de la ley de manera que su actuación constituya una garantía para el imputado”, y al “respeto de los derechos humanos”, los derechos y garantías constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos.

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