Por Consejo Directivo AAL. En pocos días de vigencia del Aislamiento Social Preventivo Obligatorio, los abogados y abogadas laboralistas recibimos miles de denuncias de incumplimientos por parte de los empleadores a las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la emergencia sanitaria.
Ese nivel de incumplimiento demanda la adopción de nuevas disposiciones para garantizar el aislamiento y la protección de los sectores más vulnerables.
Empresarios que obligan a los trabajadores y a las trabajadoras a asistir a sus lugares de trabajo, aunque no se trate de actividades exceptuadas, licencias que no se pagan violando la obligación de abonar los salarios, empresas que suspenden por “fuerza mayor” a los empleados eludiendo la normativa protectoria que impide esas decisiones unilaterales, tareas fabriles que se realizan sin la adecuada protección, son algunos de los ejemplos de vulneración de los derechos laborales.
Más allá de la posibilidad de denunciar estas situaciones ante el Ministerio de Trabajo y del imprescindible rol de los sindicatos en este sentido, la mayoría de las personas que trabajan «optan» por acatar las directivas ilegales de los empresarios, por temor a perder el empleo y el ingreso.
Es por eso que desde la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAL) afirmamos que es imprescindible el dictado de una norma que prohíba los despidos y las suspensiones mientras dure la emergencia, de modo de evitar que el efecto disciplinador del desempleo atente contra el cumplimiento del Aislamiento Obligatorio y agrave la situación social.
Eso además disminuirá la litigiosidad que genera el incumplimiento de los empresarios.
Desde la AAL reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos y sociales, recibiendo denuncias y asesorando virtualmente desde nuestra página web http://www.aal.org.ar/ pero insistimos en la necesidad de una medida general.