stj2

Impugnaron la declaración de ‘ilegal’ de la huelga de judiciales

stj2Empleados judiciales impugnaron la declaración de ilicitud de la huelga dictada por el Superior Tribunal de Justicia, basados en que desde marzo de 2004 rige en la Argentina la ley 25.477 que regula en el artículo 24 ‘Los alcances del derecho de huelga’, enumerando taxativamente los únicos supuestos de restricción a este.

La Asociación de Personal Judicial de Jujuy informó que dicha ley, en su párrafo tercero, habilita una calificación excepcional de actividades no enumeradas delegando tal facultad en una Comisión Independiente, denominada Comisión de Garantías.

Esta hipótesis extensiva receptan los estándares fijados por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) y el Comité de Libertad Sindical (CLS), ambos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), órgano encargado del control y cumplimiento del Convenio 87 de la OIT, reflejando la convergencia e interacción entre el derecho interno e internacional.

 Los fundamentos esgrimidos para declarar la ilicitud son acciones que por su forma y modalidad «pueden constituir actos ilícitos». Obviamente, los estándares internacionales y nacionales para respetar el derecho de huelga -que solo en supuestos taxativos se restringe-, y con mucho cuidado pues tiene tutela preferencial no se cumplieron; lamentable, precisamente en el poder del Estado que tiene que hacer cumplir las leyes y por supuesto conocer de su vigencia.


 

x

Check Also

El Gobierno envió a la legislatura un proyecto de Ley para adherir al RIGI

El gobernador de Jujuy Carlos Sadir, remitió a la Legislatura un proyecto de ley para adherir parcialmente a la Ley Nacional ...