garrafas sociales 02

Aclaran la diferencia entre el gas envasado y la garrafa social

garrafas sociales 02El Defensor del Pueblo de Jujuy, Víctor Galarza, aclaró que hablar de “garrafa social” implica desconocer el programa de venta de gas envasado, luego de las reiteradas consultas sobre las irregularidades en la venta de gas en garrafas en la provincia.

El ombudsman indicó que las garrafas “a precio social” no existen en el mercado debido a que la totalidad el gas licuado de petróleo en garrafa se encuentra subsidiado por la Secretaría de Energía de la Nación, y en tanto el precio a mostrador establecido para garrafas es indefectiblemente de 16 pesos las de 10 kilos, a 20 las de 12 y a 25 las garrafas de 15 kilogramos.

 Teniendo en cuenta que en la provincia continúan reiterándose los reclamos de los vecinos, Galarza aclaró que quienes hablan de “garrafas sociales”, lo hacen porque desconocen el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado en donde se cita que la totalidad del gas envasado en garrafa se encuentra subsidiado. En consecuencia, al llamar a la garrafa “social” se favorece a la reventa y especulación en el expendio del gas envasado.

 Señaló que dicho programa estableció las condiciones para que el gas envasado en garrafa pueda ser adquirido por los usuarios residenciales de toda la provincia a un precio diferencial: a 16 pesos las de 10 kilos, a 20 las de 12 y a 25 las garrafas de 15 kilogramos.

 “La totalidad del gas licuado de petróleo o butano está subsidiado, y este subsidio se realiza a través del fondo fiduciario para subsidios de consumos residenciales de gas licuado de petróleo, descripto en el artículo 44 de la Ley 26.020”, agregando que por este motivo no deben expenderse las garrafas a otro precio que no sea el establecido, y tampoco debe existir un límite en su cupo.

 El ombusman jujeño aclaró también a los vecinos que el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado, en función de lo establecido en la Resolución 532 del año 2014, establece que la distribución de gas envasado en los precios señalados es universal y que es requisito para adquirirlas no contar con el servicio de gas en red domiciliaria.

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