La querella en la causa de espionaje contra familiares del ARA San Juan interpuso una recusación contra el juez Julián Ercolini y contra el camarista Carlos Mahiques para que se aparten de la investigación debido al viaje que ambos realizaron a Lago Escondido y su posible vínculo con el expresidente Mauricio Macri.
Luis Tagliapietra, quien representa a la querella, presentó una denuncia y un pedido de juicio político contra los jueces partícipes de este viaje, Julián Ercolini, Carlos Mahiques, Pablo Yadarola y Pablo Cayssials, por «mal desempeño en sus funciones a sus cargos y su posible participación en los delitos de violación de los deberes de funcionario público».
En la recusación presentada en torno a Mahiques, el letrado señaló que «el hijo del aquí recusado el Dr. Juan Bautista Mahiques, además de ser el procurador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es titular de la Comisión de Resolución de Conflictos de la FIFA desde el 2018 a la fecha de la que también es parte el procesado Mauricio Macri». Y aseguró: «Tal vínculo merece per se el apartamiento». El juez federal Julián Ercolini instruye en la causa por espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del ARA San Juan en la cual el exmandatario se encuentra procesado.
La querella mayoritaria de familiares de las víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan, representados por Valeria Carreras, había ya recusado en agosto al juez Carlos Mahiques al considerar que el magistrado intervino en otras demandas en las que uno de los principales procesados, el expresidente Mauricio Macri, fue parte.
Además, en ambas recusaciones presentadas por Tagliapietra -a las cuales tuvo acceso Telam- se mencionó que la fiscal federal de Bariloche, María Cándida Etchepare, pidió imputar a los 10 involucrados en el viaje a Lago Escondido «por presunta comisión de delitos de acción pública», que involucra a jueces, funcionarios porteños, exagentes de inteligencia y empresarios de medios de comunicación.
En ese sentido, Tagliapietra consideró que hay «razones sobradas» para que se aparte a Ercolini y Mahiques, teniendo en cuenta el inciso 11 del artículo 55 del Código Procesal Penal que indica que «si tuviere amistad íntima, o enemistad manifiesta con alguno de los interesados» el juez deberá inhibirse de conocer en la causa. Y señaló que «resulta imposible ya no pensar ni especular sobre los temas que se conversaron durante» el viaje entre Ercolini y Mahiques.
En tanto también se solicitó a la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura que «disponga la apertura del procedimiento de remoción de los jueces denunciados, ordene sus suspensiones y en su caso, formule la acusación correspondiente ante el Jurado de Enjuiciamiento».