Se abre la inscripción para Procrear II en Jujuy y 17 distritos más: Requisitos

Este miércoles a las 10 horas, se habilita el registro para acceder a viviendas en Desarrollos Urbanísticos del plan Procrear II, de acuerdo a lo que informó en las últimas horas por redes sociales el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.

Las 900 unidades habitacionales que estarán disponibles serán para 18 provincias de todo el país, entre ellas Jujuy, Buenos Aires, CABA, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

Qué es Procrear II

Procrear II es una política de desarrollo territorial, urbano y habitacional de alcance federal, con una perspectiva integral que busca mejorar las condiciones de acceso al hábitat.

El programa ofrece soluciones que atienden a la diversidad de las demandas habitacionales, desde una política pública de desarrollos urbanísticos y nuevos espacios públicos e infraestructura que permitan mejor conectividad.

Junto con el Plan Nacional de Suelo Urbano promueve la generación de suelo urbano de calidad para la construcción de viviendas y planificación de ciudades. Además, refuerza su compromiso con la inclusión social desde una ampliación de derechos e incorpora criterios de sustentabilidad medioambiental en términos de ahorro de recursos esenciales.

Procrear II reconoce el rol estratégico del proceso productivo de la construcción fomentando la industria nacional, economías locales y la generación de empleo.

Desarrollos Urbanísticos

Se trata de un plan para que más familias puedan tener una vivienda nueva en uno de los predios Procrear de todo el país a través del acceso al crédito hipotecario. El objetivo de esta línea es brindar acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos de Procrear II.

Requisitos

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.
  • 1- Matrimonio.
  • 2- Unión convivencial.
  • 3- Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.
  • Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.

Los aspirantes podrán inscribirse a través de la página web del Ministerio, ingresando al siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos#1, donde encontrarán los requisitos y toda la información detallada.

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