secuestro mujer

Un hombre confeso que secuestró y violó a una mujer en su casa en reiteradas veces

El Tribunal en lo Criminal Nº1 condenó a 10 años y 6 meses de prisión a un hombre, L.F.M., quien confesó que secuestró y violó en reiteradas veces a una mujer en su casa, ubicada en Monterrico.

Fue acusado del delito de “Abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), rapto y abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma todo en concurso real”.

El veredicto fue emitido el pasado 11 de mayo, por las juezas Alejandra Tolaba, como presidenta de trámite y Felicia Barrios, haciendo uso de las facultades previstas en Acordada Nº 71/08.

Los hechos

De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, dos son los hechos por los cuales llegó a juicio el acusado L.F.M.

El primero sucedió durante el año 2019, en horas de la madrugada, cuando la mujer mayor de edad, se había retirado de un local bailable de la localidad de Monterrico.

En esas circunstancias fue que el acusado se ofreció a acompañarla hasta una parada de remises y antes de llegar al lugar, la arrojó hacia un descampado donde la accedió carnalmente, mientras la amenazaba diciéndole “vos le llegas a decir a alguien y yo le voy a hacer algo a tu sobrino o a tu papá”.

El segundo delito acaeció el 13 de julio de 2021, aproximadamente a las 17.00 horas, cuando la víctima salía de comprar en una despensa, ubicada en la ciudad de Perico.

En ese momento, la mujer fue interceptada por el imputado, quien abusó de ella, en cercanías de una cancha de fútbol. Luego de someterla, la privó de su libertad y la llevó a su domicilio. La encerró en una habitación y golpeó. “No hagas nada porque vas a ser mía no de otro chico, te voy a matar”.

Una vez más, la violó, mientras la amenazaba de muerte con un arma blanca en el pecho. Luego, se hizo presente un tío del abusador, quien dialogó con la ella, pudo salir de la casa del secuestrador.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y el abogado del victimario.

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