Pueblos originarios presentaron un amparo para impedir la impresión de los formularios censales porque consideran que dos de las preguntas no abarcan a la totalidad de la población argentina.
Según explicaron desde el Tejido de Profesionales Indígenas en Argentina, las pregunta 23 del formulario que aprobó el Indec “invisibiliza estadísticamente los nombres de los 39 pueblos originarios”. Es que ese punto queda librado para que el ciudadano escriba a qué comunidad pertenece o si la ignora.
Además, esgrimen que el ítem siguiente referido a la diversidad lingüística, la pregunta 24, “no es aplicada a la totalidad de la población argentina» porque «no incluye las lenguas de señas, las lenguas migrantes/minorizadas y tampoco ofrece los nombres de las lenguas de origen indígena».
Desde el Tejido de Profesionales Indígenas en Argentina explicaron que negocian desde hace cuatro años con las autoridades del Indec, y que en ese marco participaron de seis audiencias con el objetivo de “proponer la mejor redacción de las preguntas con el fin de disminuir errores conceptuales y de diseño estadístico, lo cual provocaría resultados no precisos en términos de cantidad y de nivel de respuesta positiva”.
En un comunicado resaltaron que tanto el Colectivo de Investigadores en Lenguas y Pueblos Originarios como 19 universidades nacionales aportaron, al igual que la Cepal/Ceade, informes técnicos que sustentan su reclamo.
“Somos 1760 comunidades indígenas. Hay muchísima población indígena que no forma parte de comunidades (rural y urbana) sin embargo se autorreconoce miembros o descendientes de un pueblo originario”, expresaron en un comunicado donde destacan el “derecho a la autoidentificación, derechos culturales y derechos lingüísticos”.
La denuncia recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4 a cargo de la Jueza Rita María Teresa Ailan.
Los cuestionamientos
En la pregunta 23, señalan, la ausencia de los nombres de los 39 pueblos originarios denota una nueva invisibilización hacia las comunidades originarias. Advierten que no es lo mismo tildar el nombre de cada pueblo originario que lo tenga que escribir cada censista.
Por otro lado, si el nombre de cada comunidad se escribiera de diferentes formas, demoraría y dificultaría el conteo real de la cantidad de integrantes de los pueblos originarios. Esto es porque la lectura óptica identifica error cuando no coinciden las mismas letras en la palabra transcrita.
En cuanto a la pregunta 24, en primer lugar, no se aplica a la totalidad de la población argentina. En esta sección, el censo no permitirá conocer de modo evidente la distribución de empleo de las lenguas indígenas en el país. Lo que hará es denotar cuántas personas que se autoperciben como integrantes de un pueblo originario consideran que hablan el idioma.
Así, esto genera un resultado erróneo por distintas razones. Por un lado, el colectivo de investigadores explica que «en el marco de los procesos de revitalización y reposicionamiento de las lenguas, quienes actualmente aprenden el idioma puede que no se autorreconozcan en la instancia censal como hablantes». Por otro, hay personas que, sin autorreconocerse como población indígena, hablan o aprenden lenguas originarias.
Además hay personas que hablan más de una lengua originaria, cuestión que no podrá reflejarse en la planilla censal. «Tal como en el caso de la pregunta 23, la formulación también genera invisibilización de los nombres de las lenguas indígenas. Y asimismo no permite conocer usos sociales y distribución territorial de la lengua de señas argentina y las lenguas migrantes», repudió en un comunicado el Colectivo de Investigadores en Pueblos y Lenguas Indígenas.
«Por lo expuesto, y teniendo en cuenta el exiguo plazo temporal antes de la implementación, solicitamos la modificación de las dos preguntas mencionadas para que el censo resulte un instrumento eficaz para contar con datos certeros sobre el plurilingüismo y la diversidad lingüística existente en nuestro país», afirman.