Entra en vigencia el Protocolo para atender la violencia de género en el Estado provincial

Mediante la firma del Decreto 366, con fecha 6 de enero, el Poder Ejecutivo provincial aprobó la vigencia del  «Protocolo de actuación en casos de violencia de género en el ámbito de la administración pública provincial”, cuya autoridad de aplicación será el Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género. De acuerdo a la norma, el Consejo brindará a las víctimas contención y asesoramiento, y ante cada denuncia elaborará un informe en el que podrá sugerir medidas como la iniciación de un sumario administrativo, licencia, traslado o suspención del cargo del agresor.

La presentación en sociedad del Protocolo se realizó el viernes pasado, en una conferencia de prensa encabezada por Alejandra Martínez, titular del Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género. El anuncio se concretó menos de 24 horas después de que el ministro de Trabajo, Jorge Cabana Fusz, se viera forzado a tomar una licencia en su cargo, tras haber sido denunciado en la justicia por el delito de «coacción con el propósito de abuso sexual», una situación repudiada por diversos sectores que han llegado a pedir la renuncia del funcionario.

El Decreto 633 lleva la firma del gobernador Gerardo Morales y del ministro de Gobierno y Justicia, Agustín Perassi, quien casualmente asumió al frente de la cartera de Trabajo en reemplazo de Cabana Fusz.

En los considerandos, el texto menciona las leyes nacionales 24.632 y 26.485, y la de adhesión provincial 5.738, referidas a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los ámbitos en los que desarrollen sus relaciones interpersonales.

El punto de partida para la formulación y puesta en vigencia de este Protocolo fue la creación del Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género. El decreto destaca como «fundamental» la existencia de un protocolo de esta naturaleza porque, afirma, «actualmente no existe una herramienta de intervención que proteja a las mujeres ante este tipo de situaciones».

En este marco, es el Consejo la autoridad de aplicación del Protocolo, que queda facultado a citar sus normas reglamentarias, ampliatorias e interpretativas y demás necesarias para su cumplimiento.

El Protocolo será de aplicación en todo el ámbito de la administración pública provincial, cuando surja una situación de violencia de género «tanto en espacios físicos como digitales».

Entre los objetivos está el de articular con otros organismos estatales vinculados con la problemática; propiciar espacios libres de discriminación, desigualdad y violencia; brindar herramientas para evitar la revictimización y aplicar la legislación vigente «en la medida de su competencia».

El texto establece que el Protocolo se aplicará frente a situaciones de violencia física; psicológica; sexual; simbólica; económica y patrimonial; política, y de acoso callejero.

Como «principios rectores», menciona el acompañamiento integral y asesoramiento gratuito a las víctimas; la confidencialidad y el respeto; la escucha atenta y respetuosa; el consentimiento informado y la prevención de situaciones de violencia y/o discriminación.

En particular, señala que «se instará a los organismos públicos a generar espacios de formación y sensibilización en perspectiva de género y violencia de género».

En el tramo en el que detalla el procedimiento de actuación, y distingue tres escenarios diferentes. Cuando tanto la persona violentada como el agresor sean trabajadores de la administración pública provincial, la denuncia se podrá hacer ante el superior jerárquico del supuesto agresor «por cualquier medio», y este funcionario deberá informar al Consejo Provincial de Mujer e Igualdad de Género dentro de las 48 horas hábiles.

«Se deberá garantizar la comodidad, confidencialidad y seguridad de las personas denunciantes», advierte. La víctima también puede hacer la denuncia de manera directa ante el Consejo, que deberá recibirla «en forma inmediata». El funcionario que reciba la denuncia tendrá que elevar un informe en sobre cerrado «de forma inmediata» al Consejo.

El segundo escenario es aquel en el cual la víctima sea una empleada y el agresor un funcionario del Estado provincial. En este caso, la denuncia se podrá hacer ante el superior del violento, y «en caso que no lo hubiere hará conocer la situación al Consejo». También en este caso la denuncia se podrá hacer directamente al Consejo, con el mismo camino administrativo que en el caso anterior.

Finalmente, el tercer caso previsto en el Protocolo es aquel en el cual la agresión haya ocurrido en el marco laboral de una empleada estatal, de parte de un agresor que no pertenece a ninguna repartición pública. Aquí la víctima podrá informar a su funcionario inmediato superior o directamente al Consejo.

La actuación del Consejo se iniciará con una entrevista con la víctima, quien podrá asistir acompañada por alguien de su confianza. La reunión podrá ser grabada con su autorización, y en cualquier caso quedará «constancia escrita de todo lo dicho».

«En todas las instancias se omitirán preguntas que ahonden en detalles que la persona denunciante no quiere expresar. Asimismo, se evitará todo tipo de comentarios que insinúen responsabilidad de la/s denunciante/s en los hechos ocurridos, evitándose toda revictimización posible», aclara el Protocolo.

Con toda la información en su poder, el Consejo «podrá sugerir medidas preventivas», como la iniciación de un sumario administrativo o el traslado del agresor; el traslado de la propia víctima, si ella lo pide; el otorgamiento de licencias «hasta tanto se resuelva la situación»; el apartamiento o suspensión del cargo al agresor cuando el mismo sea funcionario, «y toda otra recomendación que se considere pertinente».

Estas sugerencias serán presentadas al superior jerárquico inmediato del agresor, quien tendrá cinco días para notificar al Consejo sobre las medidas dispuestas.

Leé el Decreto completo

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