Espionaje ilegal: Fiscal pide que se revoquen los sobreseimientos a la excúpula penitenciaria

El fiscal ante la Cámara Federal porteña requirió que ese tribunal revoque el fallo que sobreseyó a la excúpula del Servicio Penitenciario Federal (SPF) del gobierno de Mauricio Macri en la causa en la que se investigan presuntas tareas de espionaje ilegal desplegadas sobre empresarios y exfuncionarios que estuvieron detenidos en el penal de Ezeiza.

El fiscal José Luis Agüero Iturbe sostuvo que los sobreseimientos fueron prematuros, que deben ser revocados y que existen en el expediente elementos que acreditan conexiones entre la excúpula del SPF y los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia macrista, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, por lo que corresponde seguir investigando.

El fiscal lo expresó a través de un memorial de 13 páginas -al que accedió Télam- con el que mantuvo la apelación formulada por su colega de primera instancia, Franco Picardi, quien había solicitado que se revocaran los sobreseimientos dictados por el juez Marcelo Martínez de Giorgi.

En su fallo, el juez Martínez de Giorgi no había descartado que hubieran existido maniobras de espionaje ilegal pero desvinculó de los hechos investigados a los exagentes y la excúpula del SPF y las atribuyó a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) que, a su entender, actuó con el «beneplácito» del juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena, el primero que estuvo a cargo del caso.

Los beneficiados por aquel fallo fueron el extitular del SPF Emiliano Blanco; el extitular de la Dirección principal de Análisis de la Información del Servicio Penitenciario Federal, Cristian Suriano, y un grupo de agentes de distinta jerarquía que trabajaban por debajo de ellos.

De acuerdo al fallo de Martínez de Giorgi, en la causa habrían intervenido testigos -los hermanos Segura, que en un principio actuaron con identidad reservada- que fueron preparados o guionados para endilgar la responsabilidad por el espionaje ilegal a miembros del SPF cuando en realidad las maniobras podrían haber sido realizadas por la AFI que entonces conducían Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.

Al referirse a esa prueba, el fiscal Agüero Iturbe sostuvo que «ambos expusieron sobre hechos desarrollados en el ámbito en el que se desempeñaban» y que «las modalidades del accionar de los agentes involucrados solo anuncian las desprolijidades sobre el cómo se conducían, extremo que justifica que supieran cuanto estaban informando ya sea por haberlo visto y/o escuchado».

«Las contradicciones en las que puede caer un testigo hacen a la valoración probatoria y no a la nulidad del acto. En todo caso nos enfrentamos a un estado de incertidumbre sobre lo que aconteció en realidad que en atención al estado de la encuesta no puede ser zanjado mediante el principio in dubio pro reo», sostuvo el fiscal en referencia al estado de duda que beneficiaría al imputado.

«Entonces, -continuó- si las declaraciones no son nulas, pero si, por hipótesis, de escasa valoración para ser tenida como prueba de cargo, los sobreseimientos no se ajustan a derecho. Esto en cuanto la presencia de elementos probatorios suficientes que permiten continuar con la dilucidación de los acontecimientos ante el resultado de las distintas medidas desarrolladas que responden, como se verá en el punto siguiente, a un cauce de investigación diferente».

«El sobreseimiento de los imputados, aún frente a la peregrina hipótesis de la convalidación de la nulidad por esa Alzada, no puede prosperar por la existencia en el caso de una línea de investigación independiente. En paralelo a las declaraciones testimoniales y con anterioridad a estas, se desarrolló otro andarivel investigativo», sostuvo.

«De las medidas que fueron consecuencia a modo causa efecto, y que no fueron invalidadas, surgieron elementos que permitió la vinculación a los hechos de Juan Carlos Rubén Silveira y Cristian Lionel Suriano», remarcó el fiscal que, párrafos más abajo, escribió: «Considero que no puede obviarse las conexiones entre Arribas, Majdalani, Blanco y Suriano».

«Entiendo que no receptar la postura de este Ministerio Público Fiscal, en la instancia procesal en la que nos encontramos y frente a las circunstancias ya relatadas, deviene en una renuncia a la averiguación de la verdad como finalidad del proceso», escribió el fiscal en el escrito que ahora deberá ser analizado por los jueces de la Cámara Federal Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Eduardo Farah.

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